Capítulo segundo: Complejidades del régimen actual de asignación de funciones jurisdiccionales a las autoridades administrativas - Parte general - Estudio de la delegación de funciones jurisdiccionales en la rama ejecutiva: una revisión global y particular - Libros y Revistas - VLEX 950558871

Capítulo segundo: Complejidades del régimen actual de asignación de funciones jurisdiccionales a las autoridades administrativas

AutorCarlos Felipe Ballén Jaime, Luisa María Brito Nieto, Laura Estephanía Huertas Montero
Cargo del AutorAbogado de la Universidad Externado de Colombia / Abogada de la Universidad Externado de Colombia / Abogada de la Universidad Externado de Colombia
Páginas51-102
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capítulo segundo
complejidades del régimen actual
de asignación de funciones jurisdiccionales
a las autoridades administrativas*
carloS felIpe BalléN jaIme**, luISa maría BrIto
NIeto***, laura eStepHaNía HuertaS moNtero****
Sumario: Introducción. I. Generalidades del ejercicio de fun-
ciones jurisdiccionales de las autoridades administrativas.
A. Qué es administrar Justicia: definición y distinción de
otros conceptos. B. Condiciones para que las autoridades
administrativas ejerzan función jurisdiccional. C. Carac-
terísticas del ejercicio de funciones jurisdiccionales de las
entidades administrativas. II. Antecedentes del ejercicio de
funciones jurisdiccionales en Colombia por autoridades
* Este capítulo se realizó con la asesoría de la doctora Marcela Rodríguez Mejía.
** Abogado de la Universidad Externado de Colombia, candidato a maestría en
Justicia y Tutela de los Derechos con énfasis en Derecho Procesal en la misma
casa de estudios. Asistente de investigación del Departamento de Derecho
Procesal de la Universidad Externado de Colombia.
*** Abogada de la Universidad Externado de Colombia, candidata a maestría
en Mediación, Arbitraje y Gestión de Conflictos en Derecho Privado en la
Universidad de Valencia. Asistente de investigación del Departamento de
Derecho Procesal de la Universidad Externado de Colombia.
**** Abogada de la Universidad Externado de Colombia, candidata a maestría en
Justicia y Tutela de los Derechos con énfasis en Derecho Procesal en la misma
casa de estudios. Asistente de investigación del Departamento de Derecho
Procesal de la Universidad Externado de Colombia.
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administrativas. A. Origen y evolución; B. Razón de ser del
artículo 116 de la Constitución Política de 1991. C. Breve
desarrollo legal. III. Vicisitudes de la atribución de funciones
jurisdiccionales a las autoridades administrativas. A. Impar-
cialidad, independencia y autonomía de las funciones juris-
diccionales respecto a las funciones administrativas. B. La
pérdida de competencia de las autoridades administrativas
en ejercicio de funciones jurisdiccionales por vencimiento
del término del artículo 121 del C. G. P. C. Ejecución de las
providencias proferidas por las autoridades administrativas
en ejercicio de funciones jurisdiccionales. 1. Contenido de la
providencia proferida por las autoridades administrativas.
2. Posibilidades de ejecución de las sentencias proferidas por
las autoridades administrativas. a. Problemática adicional:
imposición de multas. Conclusiones. Bibliografía.
INtroduccIóN
La atribución de funciones jurisdiccionales a las autoridades
administrativas obedece a la necesidad de descongestionar
el aparato judicial y de someter ciertas controversias a la
decisión de jueces especializados. Bajo la Constitución de
1991 (en adelante, CP) se consagró de manera expresa la
posibilidad de que autoridades administrativas ejercieran
función jurisdiccional en aquellos casos específicamente
previstos en la ley, como desarrollo del principio de cola-
boración armónica entre las ramas del poder público.
De esta manera se zanjó la discusión existente en vigencia
de la Constitución de 1886 sobre si las autoridades admi-
nistrativas podían ejercer o no funciones jurisdiccionales,
abriendo paso a que el legislador regulara de manera espe-
cífica los casos en los cuales las autoridades administrativas
estarían investidas de función jurisdiccional.
Así las cosas, con la expedición de la Ley 1564 de 2012,
Código General del Proceso (en adelante, C. G. P.), se recogie-
ron las hipótesis más relevantes de deferencia de funciones
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jurisdiccionales a estas autoridades, se asignaron nuevas
competencias a otras autoridades y se establecieron las
principales reglas para el ejercicio de estas atribuciones.
Dicho esto, en este capítulo se analizarán las generali-
dades, los antecedentes y las vicisitudes de la atribución de
funciones jurisdiccionales a las autoridades administrativas,
empleando un método deductivo y de análisis crítico de la in-
formación recopilada de la ley, la jurisprudencia y la doctrina,
con el propósito de: 1) establecer si las autoridades adminis-
trativas ejercen función jurisdiccional de la misma manera
como la ejercen los jueces de la República; 2) identificar las
problemáticas existentes en la normatividad que rige la ma-
teria; y 3) proponer soluciones a las vicisitudes encontradas.
I. GeNeralIdadeS del ejercIcIo de fuNcIoNeS
jurISdIccIoNaleS de laS autorIdadeS admINIStratIvaS
En este numeral se estudiarán las generalidades de la
atribución de funciones jurisdiccionales a las autoridades
administrativas en Colombia, analizando en qué consiste
el ejercicio de la función jurisdiccional, para concluir si las
autoridades administrativas la ejercen en su totalidad o de
manera limitada.
A. Qué es administrar justicia: definición
y distinción de otros conceptos
De conformidad con el artículo 228 de la CP, la adminis-
tración de justicia es una función pública que se ejerce
de manera independiente, permanente, con garantía del
principio de publicidad (salvo las excepciones que consa-
gra la misma ley1), con prevalencia del derecho sustancial
1 En efecto, el numeral 5 del artículo 107 del C. G. P. establece que la regla ge-
neral es que las audiencias y diligencias sean públicas, sin perjuicio de que,

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