Resolución número 000064 de 2007, por la cual se inicia el procedimiento de consulta para el establecimiento de la meta global de reducción de cargas Contaminantes vertidas a los cuerpos de agua. - 28 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50457923

Resolución número 000064 de 2007, por la cual se inicia el procedimiento de consulta para el establecimiento de la meta global de reducción de cargas Contaminantes vertidas a los cuerpos de agua.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín46642

por El Director General de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las establecidas en la Ley 99 de 1993, los Decretos 3100 de 2003, 3440 de 2004 y las Resoluciones 1433 de 2004 y 2145 de 2005 del MAVDT, CONSIDERANDO:

Que el articulo 42 de la Ley 99 de 1993 establece que "La utilizacion directa o indirecta de la atmosfera, el agua y el suelo, para introducir o arrojar desechos o desperdicios agricolas, mineros o industriales, aguas negras o servidas de cualquier origen, humos, vapores y sustancias nocivas que sean resultado de actividades propiciadas por el hombre, o actividades economicas o de servicios, sean o no lucrativas, se sujetaran al pago de tasas retributivas por las consecuencias nocivas de las actividades expresadas";

Que mediante Resolucion 372 de 1998, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial establecio las sustancias objeto de cobro y fijo la tarifa minima por concepto de tasas retributivas por vertimientos liquidos, determinandose valores en peso por kilogramo vertidos de Demanda Bioquimica de Oxigeno (DBO) y Solidos Suspendidos Totales (SST), los cuales se ajustan en forma anual a traves de la aplicacion del Indice de Precios al Consumidor, IPC, del año inmediatamente anterior;

Que el Decreto 3100 del 30 de octubre de 2003 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, reglamento el mecanismo de aplicacion de las tasas retributivas de por vertimientos a los cuerpos de agua, armonizando este instrumento economico con los procesos de ordenamiento y manejo de cuencas hidrograficas del pais.

Que a traves del Decreto 3440 del 21 de octubre de 2004 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se modifico el Decreto 3100 de 2003 y se establecio que para el primer quinquenio de cobro y en ausencia de los Planes de Ordenamiento del Recurso, las autoridades ambientales podran utilizar las evaluaciones de calidad cualitativas y cuantitativas del recurso disponibles, a fin de aplicar la nueva metodologia.

Que de conformidad con lo establecido por el articulo 9° del Decreto 3100 de 2003, la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico aplicara el siguiente procedimiento para la determinacion de la meta global de que trata el articulo 7°, del citado Decreto:

  1. El proceso de consulta y establecimiento de la meta de reduccion, se iniciara formalmente mediante el presente acto administrativo, el cual contiene la duracion y el procedimiento de consulta;

  2. Durante la consulta los usuarios sujetos al pago de la tasa y la comunidad podran presentar a la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico propuestas de reduccion de carga contaminante;

  3. La Corporacion Autonoma Regional del Atlantico teniendo en cuenta el estado de deterioro del recurso hidrico, su objetivo de calidad y las propuestas remitidas por las los usuarios sujetos al pago de la tasa y la comunidad, elaborara una propuesta de meta global de reduccion de carga contaminante y las metas individuales o sectoriales asociadas;

  4. El Director de la Corporacion presentara al Consejo Directivo de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico un informe con la propuesta definitiva de meta global de reduccion de carga y las metas individuales o sectoriales asociadas. El informe debera contener las propuestas recibidas en el proceso de consulta, la evaluacion de las mismas y las razones que fundamentan la propuesta definitiva;

  5. El Consejo Directivo de la Corporacion Autonoma Regional del Atlantico tendra 90 dias calendario, a partir del momento de la presentacion de la informacion, para que defina las metas de reduccion de carga contaminante para cada sustancia objeto del cobro de la tasa. Si el Consejo Directivo de la Corporacion Autonoma...

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