Carta de comentarios Departamento Nacional de Planeación al proyecto de ley número 013 de 2022 Cámara, Por medio del cual se modifica la Ley 1990 de 2019, referente a la perdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones - 2 de Noviembre de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 915238042

Carta de comentarios Departamento Nacional de Planeación al proyecto de ley número 013 de 2022 Cámara, Por medio del cual se modifica la Ley 1990 de 2019, referente a la perdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones

Fecha de publicación02 Noviembre 2022
Número de Gaceta1376
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 1376 Bogotá, D. C., miércoles, 2 de noviembre de 2022 EDICIÓN DE 45 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
C Á M A R A D E R E P R E S E N T A N T E S
JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
CARTAS DE COMENTARIOS
CARTA DE COMENTARIOS DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN AL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 013 DE 2022 CÁMARA,
Por medio del cual se modica la Ley 1990 de 2019, referente a la perdida y el desperdicio de alimentos y se
dictan otras disposiciones.
Página 1 de 7
Calle 26 Núm. 13-19 Código Postal 110311 Bogotá, D. C., Colombia PBX 381 5000 www.dnp.gov.co
Bogotá D.C., miercoles, 26 de octubre de 2022 *20223100747371*
Al responder cite este Nro.
DG 20223100747371
Honorable Representante
JUAN CARLOS LOZADA VARGAS
Representante a la Cámara por Bogotá D.C
Carrera 7 No. 8 68. Edificio Nuevo del Congreso. Código Postal 111711
Congreso de la República
Correo electrónico: juan.lozada@camara.gov.co
Bogotá D.C
Asunto. Comentarios al Proyecto de Ley No. 013 de 2022 - Cámara “Por medio del cual se modifica la Ley 1990
de 2019, referente a la perdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones”. Radicado DNP No.
20223100137973.
Cordial saludo,
De manera atenta, por medio del presente se remiten los comentarios y consideraciones tanto técnicas como
jurídicas del Departamento Nacional de Planeación (DNP) en el marco de las competencias establecidas en el
Decreto 1893 de 2021
1
, frente al Proyecto de Ley (PL) 013 de 2022 - Cámara “Por medio del cual se modifica la
Ley 1990 de 2019, referente a la perdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones”, en los
siguientes términos:
I. Antecedentes del Proyecto de Ley
El autor del PL menciona que Colombia cuenta aproximadamente con una oferta nacional disponible de alimentos
de 28,5 millones de toneladas, perdiéndose y desperdiciándose un total de 9,76 millones de toneladas, lo cual
equivale al 34% del total. Es decir, por cada 3 toneladas de producción, se pierde o se desperdicia una tonelada.
2
Del mismo modo, en el país, más del 60% (5,88 millones de toneladas) de la perdida y el desperdicio de alimentos
se generan en las dos primeras etapas de la cadena alimentaria, que son la producción - manejo y
almacenamiento, mientras que en el mundo la mayor participación de desperdicio se da en la etapa de consumo.
Bajo este panorama, y de conformidad con lo señalado en el PL, la presente iniciativa legislativa busca garantizar
ciertos derechos que están establecidos en la Constitución Política de Colombia y en el bloque de
constitucionalidad como lo son el derecho a la alimentación, a un medio ambiente sano y la especial protección
del Estado a la producción de alimentos.
A consideración del autor, el objeto principal del PL es modificar la Ley 1990 de 2019, la cual creó la Política de
Prevención de la Perdida y el Desperdicio de Alimentos, con el objetivo de fortalecer las medidas que allí se
adoptan y hacerlas compatibles con la protección del medio ambiente, la reducción del hambre y la protección
estatal frente a la producción de alimentos.
Del mismo modo, el autor menciona que a través de la referenciada ley se creó el Sistema de Medición y Reporte
de las Pérdidas y Desperdicios de Alimentos, donde se responsabilizó al Departamento Administrativo Nacional
de Estadística - DANE de su gestión.
1
Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.
2
DNP. 2016. Estudio de perdida y desperdicio de alimentos en Colombia.

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