La causa jurídica de las cláusulas abusivas - Núm. 18-1, Enero 2016 - Estudios Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 641783721

La causa jurídica de las cláusulas abusivas

AutorMaximiliano Arango Grajales
CargoAbogado de la Universidad del Rosario
Páginas241-264
243
ESTUD. SOCIO-JURÍD., BOGOTÁ (COLOMBIA), 18(1)
RESUMEN
Las cláusulas abusivas injustificadas no pertenecen al campo del abuso del Derecho, pues
no se está ante la teoría del riesgo potencial y mucho menos se ha presentado un daño. Las
cláusulas abusivas injustificadas pertenecen al campo del principio de conmutatividad del
contrato y es por medio de este que el criterio de desequilibrio normativo del contrato cobra
sentido. La corrección de este tipo de cláusulas no depende de partes débiles o abusos, sino,
más bien, de la existencia de un desequilibrio: la ausencia de causa en el contrato.
Palabras clave: contrato, cláusulas abusivas, causa, equivalencia.
ABSTRACT
Unfair terms are outside the field of abuse. There’s not a potential risk of damage, there’s
not an injury caused. Unfair terms belong to the field of the principle of equivalency of the
contract. And through it, that the criterion of regulatory imbalance of the contract takes on
meaning. The correction of such unfair clauses does not depend on weak parts or abuse but
rather the existence of a breach of equivalence: an absence of consideration in the contract.
Keywords: contract, unfair clauses, consideration, equivalency.
RESUMO
As cláusulas abusivas-injustificadas não pertencem ao campo do abuso do direito, pois não
se está ante a teoria do risco potencial e, muito menos, se tem apresentado um dano. As
cláusulas abusivas-injustificadas pertencem ao campo do princípio de comutatividade do
contrato. E é através dele, que o critério de desequilíbrio normativo do contrato adquire
sentido. A correção então deste tipo de cláusulas não depende de partes fracas ou abusos,
mas, ao contrário, da existência de um desequilíbrio: de uma ausência de causa no contrato.
Palavras- chave: Contrato, Cláusulas abusivas, Causa, Equivalência.
La causa jurídica de las cláusulas abusivas*
The Legal Cause of Unfair Terms
A Causa Jurídica das Cláusulas Abusivas
MAXIMILIANO ARANGO GRAJALES**
FECHA DE RECEPCIÓN: 30 DE MARZO DE 2015. FECHA DE ACEPTACIÓN: 05 DE OCTUBRE DE 2015
Doi: dx.doi.org/10.12804/esj18.01.2016.08
Para citar este artículo: Arango, M. (2016). La causa jurídica de las cláusulas abusivas. Estudios Socio-Jurídicos, 18(1), 243-266.
Doi: dx.doi.org/10.12804/esj18.01.2016.08
* Un enorme agradecimiento al profesor Camilo Rodríguez Yong, pues sus brillantes comen-
tarios hicieron coherente este texto. A veces, el exceso de palabras ciega al mismo autor.
** Abogado de la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Contractual. Artículo
de Reflexión. Abogado Litigando en Sanabria Gómez Abogados. Correo electrónico: marango@
sanabriagomez.com
ESTU D. SO CIO-J URÍD., B OGOTÁ (COLOMB IA), 18(1 ): 243-26 6, EN ERO-J UNIO DE 2016฀•฀i ssn 0124-0579 ISS NE 2145-4531
MAXIM ILIA NO ARAN GO GR AJALES
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Introducción
“El contrato es de, por y para todas las partes que lo
construyeron de consuno a través de su consentimiento.
O no es contrato” (Caumont , 2008, p. 149)
El contrato es un arquetipo diseñado por los particulares para regir sus
actitudes e intereses. Las necesidades y preocupaciones de ambas partes
de la relación deben verse colegidos en el contrato; de lo contrario, no se
estaría ante tal, por ser para uno y de uno solo de los signatarios. El contrato
es fruto de la autonomía de la voluntad, por principio. Cuando no lo es,
se opone a los intereses de los firmantes, tanto es así, que la ley ha previs-
to una serie de categorías correctivas a problemas tan variados como los
vicios del consentimiento, la excesiva onerosidad y las cláusulas abusivas
(Pérez Vives, 1953).1
Las cláusulas abusivas han sido entendidas como aquellas previsiones
particulares que rompen el equilibrio justo de las relaciones privadas, cuyo
efecto es, en principio, la ineficacia de pleno Derecho. De ahí que sean el
abuso del Derecho y la buena fe los referentes históricos y de naturaleza
jurídica que la doctrina ha acogido en explicación de este tipo anómalo
de cláusulas.
El abuso del Derecho —en este caso, el abuso a contratar— se muestra
en tanto no hay una violación de la libertad contractual en su objeto y
alcance jurídico, pero en la práctica, se presenta una extralimitación de la
voluntad privada que rompe la finalidad de la norma. “No todo lo lícito es
honrado”, explica el jurista Paulo en el Digesto (Digesto. 50.17.14 4.) o malitiis
non estindulgendum (Digesto, 6, 1, 38) e incluso, summum jus summa injuria
(Ciceron, de officiis, 1, 10, 33, citado en D’Ors, 1968). À la limite, el abuso
es una restricción a la voluntad de las partes, en el sentido de hacerla obe-
decer la finalidad económica y social, que nunca será romper el equilibrio
en las relaciones privadas; en caso contrario, se abusa (Pérez Vives, 1968).
Una lesión teleológica es prohibida y el daño inferido debe ser reparado
1 “La jurisprudencia ha librado la mayor batalla contra el principio de la libertad contractual.
Valiéndose de las nociones de causa y objeto ilícitos, de las reglas de moral y de equidad, de las
teorías de la buena fe, de la imprevisión, de los contratos de adhesión, del abuso del derecho y de
la lesión […]” (Pérez Vives, 1953, p. 8 6).

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