Circular Externa 0008 - 31 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43240026

Circular Externa 0008

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín46346

Dependencia: 0000.

Destino: Consejos Directivos, Directores Administrativos y Revisores Fiscales de las Cajas de Compensación Familiar, funcionarios.

De: Superintendente del Subsidio Familiar.

Asunto: Cursos de Capacitación y Seminarios.

Fecha: 28/02/2006.

Atendiendo la competencia de inspección y vigilancia otorgada a este Ente de Control en el numeral 1 del artículo 3º del Decreto-ley 2150 del 30 de diciembre de 1992, concordante con el numeral 1 del artículo 24 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002 sobre las Cajas de Compensación Familiar y en cumplimiento de la función estatuida en el artículo 7º, numeral 4 del Decreto 2150 de 1992, de ¿Instruir a las entidades vigiladas sobre la forma como deben cumplir las disposiciones que regulan su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de tales normas y señalar los procedimientos para su cabal aplicación¿, considera necesario fijar algunos parámetros a los entes vigilados sobre la forma como deben atender las solicitudes de capacitación y seminarios que le sean presentadas a nivel de Director Administrativo, Consejo Directivo, Revisores Fiscales y demás funcionarios que prestan sus servicios a las respectivas Corporaciones.

En primer lugar, tener presente que siendo los recursos que administran las Cajas de Compensación Familiar del orden parafiscal y que pertenecen a la Seguridad Social, le asiste responsabilidad a los órganos de Dirección, Administración y Fiscalización de las Corporaciones velar por su adecuado manejo y administración, garantizando por todos los medios que estos cumplan la finalidad prevista por el legislador. Esto es, que se inviertan en la comunidad afiliada al Sistema del Subsidio Familiar y dentro de ellos primordialmente en los trabajadores de medianos y escasos recursos con la finalidad de aliviarles las cargas económicas que representa el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

En segundo lugar, como quiera que toda Caja de Compensación Familiar, al tenor de lo dispuesto en los artículos 46 y 48 de la Ley 21 de 1982, ¿... estará dirigida por la Asamblea General de Afiliados, el Consejo Directivo y el Director Administrativo¿ y ¿...tendrá un Revisor Fiscal y su respectivo suplente elegidos por la Asamblea General¿. Estos órganos deberán actuar de manera coordinada dentro de la estructura interna de la Corporación como parte del engranaje que permite canalizar esfuerzos dirigidos a obtener el objeto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR