Circular Externa 0143 - 5 de Septiembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43164285

Circular Externa 0143

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44542

DIARIO OFICIAL 44.542 CIRCULAR EXTERNA 0143 30/08/2001 Para: Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales con operación aduanera de todo el país. Usuarios del Comercio Exterior. Usuarios de Zona Franca. De: Subdirectora de Comercio Exterior. Asunto: Artículo 39 de la Resolución 4240 de 2000. Fecha: Agosto 30 de 2001. En atención a las inquietudes que se han presentado respecto de la aplicación del artículo de la referencia y el artículo 394 del Decreto 2685 de 1999, me permito precisarles lo siguiente: El artículo 39 de la Resolución 4240 de 2000, modificado por el artículo 12 de la Resolución 7002 de 2001, estableció que la importación de materias textiles de la Sección XI (capítulos 50 a 63, ambos inclusive) del arancel de aduanas, únicamente podrá realizarse por los puertos, aeropuertos y lugares de arribo de servicio público, ubicados en la jurisdicción de las administraciones aduaneras de Barranquilla, Bucaramanga, Buenaventura, Cali, Cartagena, Cúcuta, Ipiales, Leticia, Medellín, San Andrés y Bogotá, y el artículo 394 del Decreto 2685 de 1999 estableció que "La introducción a zona franca de bienes procedentes de otros países por parte de los usuarios no se considerará importación, y sólo requerirá que los bienes aparezcan en el documento de transporte consignados a un...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR