Circular externa número 000009 de 2017 - 9 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 694674033

Circular externa número 000009 de 2017

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín50381

Para: Entidades promotoras de salud del régimen contributivo y del régimen subsidiado

De: Superintendente Nacional de Salud.

Asunto: Instrucciones sobre la carnetización y documentación de la situación de discapacidad física, mental, cognitiva, auditiva, visual y múltiple.

Fecha: Octubre 6 de 2017

Objeto

Impartir instrucciones a las entidades administradoras de planes de beneficios (EAPB) sobre el deber de expedir carné o documento, a fin de que se registre la condición de las personas en situación de discapacidad física, mental, cognitiva, auditiva, visual y múltiple.

Fundamento legal

La Constitución Política de Colombia consagra, en su artículo 13, la protección especial de las personas que se encuentren en circunstancias de debilidad manifiesta, bien sea por razones económicas, físicas o sociales y en el artículo 47 establece que "El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran".

Como desarrollo legal de estos derechos constitucionales, se cuenta entre otras normas con la Ley 361 de 1997, "por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas en situación de discapacidad"; la Ley 762 de 2002, mediante la cual se aprobó "La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad", de la Organización de Estados Americanos (OEA); la Ley 1346 de 2009 que aprobó "La Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y la Ley Estatutaria 1618 de 2013 "por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad", la cual enfatiza en la necesidad de eliminar cualquier medida, acción o procedimiento administrativo o de otro tipo, que directa o indirectamente dificulte la habilitación y rehabilitación integral, y en particular, que impida la participación de las personas con discapacidad.

Dicha normativa está orientada a garantizar la inclusión y el pleno ejercicio de derechos de las personas con discapacidad, a quienes la ley otorga diferentes beneficios.

Para la materialización de los derechos preferentes de las personas con algún tipo de discapacidad, se requiere contar con un documento que acredite la condición particular de cada usuario. Es así como el Decreto 1507...

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