Circular externa número 000054 de 2022 - 30 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 918145978

Circular externa número 000054 de 2022

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín52263

PARA: I ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (EPS), DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD (IPS), ENTIDADES TERRITORIALES, USUARIOS, PACIENTES, COMUNIDAD MÉDICA Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA DE _SALUD._

DE: MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL_

ASUNTO: INCREMENTO PORCENTUAL RESULTANTE DE LA APLICACIÓN DEL VALOR DE LA UPC PARA LA VIGENCIA 2023 _Y ESTRUCTURA POR EPS._

FECHA: | 30 de diciembre de 2022.

En cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 2.5.3.5.1 del Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario de Salud y Protección Social, y conforme con los criterios que para el incremento en el valor de los servicios de salud que se fijaron en el artículo 2.5.3.5.2 ibídem, este Ministerio publica la proyección del incremento porcentual resultante de la aplicación del valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) definida para el año 2023, ajustada por ponderadores para cada entidad promotora de salud (EPS) y entidad adaptada, así como la estructura de los incrementos conforme con las tecnologías en salud y servicios que ya se venían prestando.

En efecto, mediante la Resolución número 2809 del 30 de diciembre de 2022, "por la cual se fija el valor anual de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que financiará los servicios y tecnologías de salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado para la vigencia 2023 y se dictan otras disposiciones", esta Cartera Ministerial definió el valor de la UPC para la vigencia 2023, y efectuó las operaciones contentivas de las proyecciones del incremento porcentual de la aplicación del valor de esta, ajustada por ponderadores para cada EPS y entidad adaptada y proyectó la estructura de los incrementos, respecto de las tecnologías en salud y servicios que se venían prestando, y que se comunican en la presente Circular.

Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que el incremento del valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), a nivel nacional, para cada régimen se calcula considerando la inflación esperada y los diversos grupos de riesgo de edad, sexo y zona geográfica.

Proyección del incremento porcentual resultante de aplicar el valor de la UPC 2023.

Los incrementos del valor de los servicios de salud, cuando existan o no acuerdos de voluntades entre las EPS y las instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) públicas, privadas o mixtas, deberán reflejar el incremento de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), de las tecnologías...

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