Circular externa número 100-000010 de 2023 - 21 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 971499094

Circular externa número 100-000010 de 2023

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín52586

Señores:

Representantes legales, Contadores, Revisores Fiscales y Liquidadores de Sociedades Comerciales, Sucursales de Sociedades Extranjeras y Empresas Unipersonales.

Referencia: Adición del Capítulo XV a la Circular Básica Jurídica 100-000008 de 12 de julio de 2022.

Respetados señores:

Colombia, como Estado miembro de la Organización de las Naciones Unidas, se encuentra comprometida con las metas trazadas en el año 2015, en la aprobación de la Agenda 2030, donde se plantearon 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS), como propósitos que los países debían alcanzar durante los próximos 15 años para erradicar la pobreza, proteger el planeta y garantizar la prosperidad de la población.

Ante este compromiso y para el alcance de un mundo más sostenible, Colombia, como otros países, encuentra la necesidad de acogerse a iniciativas nacionales e internacionales que le permitan transformar y/o mejorar el uso de los recursos de su entorno desde los diferentes ámbitos en los que se enmarca la población (social, económicos, culturales y políticos). Así, el sector empresarial inicia un camino hacia el logro de la sostenibilidad a través de la acogida de prácticas que guíen a las Entidades Empresariales a tener un interés social y ambiental, más allá del económico.

Por lo anterior, la Superintendencia de Sociedades, a través del presente documento, imparte recomendaciones con la finalidad de que sus supervisados incorporen Estándares Internacionales de Reporte en el marco de la Sostenibilidad.

En este sentido, y con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y control otorgadas por las normas legales a la Superintendencia de Sociedades, contenidas en los artículos 82, 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995, y el Decreto número 1736 de 2020 modificado por el Decreto número 1380 de 2021, se adiciona el Capítulo XV a la Circular Externa

100-000008 del 12 de julio de 2023 "RECOMENDACIONES ADMINISTRATIVAS

SOBRE LA PRESENTACIÓN DEL REPORTE DE SOSTENIBILIDAD" contenido en el Anexo 1 de la presente Circular.

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

El Superintendente de Sociedades,

Billy Escobar Pérez.

V. B.

El Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios,

Jorge Eduardo Cabrera Jaramillo.

ANEXO 1

CAPÍTULO XV

Recomendaciones Administrativas sobre la Presentación del Reporte de

Sostenibilidad

1. Consideraciones generales

Los recientes avances e incorporaciones en materia de sostenibilidad en diversos sistemas jurídicos, así como la evolución del marco legal colombiano presentan una clara tendencia hacia la promoción de la implementación de políticas en materia de sostenibilidad. Así se destaca en la Ley 2294 del 19 de mayo de 2023, por el cual se expide el plan nacional de desarrollo 2022-2026 - Colombia Potencia Mundial de la Vida, cuyo texto estipula que uno de los objetivos de la hoja de ruta gubernamental del cuatrienio es propiciar "(...) el desarrollo sostenible y la competitividad del país

En este contexto, la Superintendencia de Sociedades estimó necesario fomentar el diálogo y la colaboración con sus grupos de interés, reconociendo que la sostenibilidad es un asunto multidimensional que requiere la participación activa y dedicada de múltiples expertos y de la sociedad civil.

Como resultado de ello, este Capítulo busca guiar y promover mejores prácticas empresariales en materia de sostenibilidad, de tal manera que se establezca un marco que permita identificar y abordar los riesgos de sostenibilidad y los desafíos emergentes con el fin de promover soluciones innovadoras y sostenibles en el marco de las directrices impartidas por el Gobierno nacional.

Al propiciar espacios de trabajo conjunto que fomenten el intercambio de conocimientos, experiencias y buenas prácticas entre los diferentes actores, la supervisión de la sostenibilidad representa una visión compartida que impulsa la adopción de estrategias y prácticas efectivas en el ámbito empresarial, generando un impacto positivo en la economía, la sociedad y el tejido empresarial colombiano, así como un avance sustancial en el cumplimiento de las obligaciones internacionales del Estado en materia de sostenibilidad.

Es por ello que la Superintendencia de Sociedades ha concluido que, para impulsar el desarrollo socioeconómico de Colombia, resulta esencial evaluar y medir el impacto que genera la gestión de las sociedades mercantiles colombianas.

Amén de lo anterior, este Capítulo busca que las Entidades Empresariales puedan reportar de una manera estandarizada el impacto que generan en el desarrollo de su objeto social en las diferentes áreas de la sostenibilidad, promoviendo la implementación de estándares internacionales aplicables y prácticas orientadas a mejorar la competitividad de los supervisados.

2. Definiciones

Para efectos del presente Capítulo de la Circular Básica Jurídica, los siguientes términos deben entenderse de acuerdo con las definiciones que a continuación se establecen, independientemente de que ellos se utilicen en singular o en plural:

2.1. Activos: se refiere a un recurso económico presente controlado por la Entidad Empresarial como resultado de sucesos pasados.

2.2. Análisis de materialidad: se refiere al proceso que ha seguido la sociedad para determinar sus temas materiales tal y como se define en el numeral 2.18. del acápite "definiciones". En este segmento las Entidades Empresariales deberán:

2.2.1.Analizar la relevancia de los temas que serán incorporados en el reporte de información.

2.2.2. Identificar los riesgos, oportunidades e impactos actuales y potenciales relacionados con los temas materiales, identificados por las entidades empresariales.

2.3. Área geográfica: es la zona del territorio en donde las entidades empresariales desarrollan su actividad.

2.4. Áreas de impacto: se refiere a las áreas específicas en las que las Entidades Empresariales pueden tener un efecto significativo en términos de sostenibilidad, ya sea positivo o negativo. Estas áreas de impacto pueden variar según la naturaleza del negocio de las entidades empresariales, pero para efectos de este documento las áreas de impacto se agruparán en las siguientes categorías:

2.4.1.Ambiental: se refiere a las acciones de una entidad empresarial en relación con la conservación de recursos naturales, la reducción de emisiones de los gases de efecto invernadero, la gestión de residuos, la conservación de la biodiversidad y la adopción de prácticas sostenibles en materia energía y agua, así como otras acciones que surjan pertinentes en la gestión del riesgo ambiental.

2.4.2.Social: se refiere a las acciones de las entidades empresariales en relación con la protección de los derechos humanos, el bienestar de los empleados, la igualdad de género, la diversidad, la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, el apoyo a las comunidades locales y las prácticas de suministro ético a grupos de interés, sin que las anteriores acciones deban ser consideradas de manera taxativa.

2.4.3.Gobernanza: se refiere a las acciones de las entidades empresariales en relación con la gestión ética de su gobierno corporativo.

2.4.4.Económica: Se refiere a las acciones de las Entidades Empresariales en relación con las contribuciones que producen sus actividades en la economía de una región.

2.4.5.Financiera: Se refiere a las acciones de las entidades empresariales en relación con las actividades económicas y financieras. Lo anterior incluye la evaluación en relación con las decisiones y acciones sostenibles y su posible afectación en la estabilidad financiera de la empresa, así como la destinación de los recursos necesarios para respaldar sus objetivos sostenibles.

2.5. Comprensivo: se refiere a la característica con la que debe contar el estándar internacional de reporte utilizado por la entidad empresarial, según el cual se deberán analizar los efectos de las actividades de esta, en relación con el impacto generado.

2.6. Confiabilidad: se refiere a la cualidad con la que debe contar el estándar internacional de reporte usado por la entidad empresarial en términos de experiencia y reconocimiento.

2.7. Debida diligencia: se refiere al proceso por medio del cual la Entidad Empresarial debe identificar, prevenir y mitigar los impactos negativos en las diferentes áreas relacionadas en el numeral 2.4. del acápite de "definiciones".

2.8. Doble materialidad: se refiere a la información relacionada con los impactos del entorno sobre la creación de valor económico de la entidad empresarial y los impactos en el medio ambiente y la sociedad.

2.9. Empresa: se refiere a toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulación, administración o custodia de bienes, o para la prestación de servicios. Dicha actividad se realizará a través de uno o más establecimientos de comercio.2

2.10. Entidad empresarial: se refiere a la empresa a quien están dirigidas las recomendaciones previstas en el presente Capítulo, y que se encuentra listada en el numeral 5 "ámbito de aplicación".

2.11. Estándar internacional de reporte: se refiere a las directrices, normas, o criterios que establecen la manera y forma en que la entidad empresarial debe recopilar, presentar y comunicar la información en sus reportes, ya sea esta financiera o no financiera. Su función promueve la transparencia y la comparabilidad en los reportes de sostenibilidad empresarial.

2.12. Gestión de riesgos: se refiere a los métodos con los que cuenta una entidad empresarial para analizar, determinar y supervisar los impactos que puede presentar la entidad empresarial en relación con la sostenibilidad empresarial.

1 Colombia, Congreso de la República, Ley 2294 de 2023, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 'COLOMBIA POTENCIA MUNDIAL DE LA VIDA', numeral 4 del artículo 3º https:// colaboracion.dnp.gov.co/CDT/portalDNP/PND-2023/2023-05-05-texto-conciliado-PND.pdf.

2 Colombia...

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