Circular Nº 102 de Superintendencia de Notariado, 2024 - Normativa - VLEX 1032028021

Circular Nº 102 de Superintendencia de Notariado, 2024

Número de circular102
Fecha15 Abril 2024
Año2024
Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04
Versión:03
Fecha: 20 06 - 2023
CIRCULAR Nº _____
DTR
Bogotá, D.C., _________________ de 2024
PARA: SEÑORES REGISTRADORES DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE
CALI, GIRARDOT, BOGOTÁ CENTRO, BOGOTÁ NORTE,
CARTAGENA Y ZIPAQUIRÁ
DE: DIRECCIÓN TÉCNICA DE REGISTRO
ASUNTO: Inscripción de la Resolución N° N° 2024160000003002-6 de fecha
02/04/2024 de la Superintendencia Nacional de Salud, por medio de
La cual informa el Proceso de Toma de Posesión Inmediata de
Bienes, Haberes y Negocios e Intervención Forzosa Administrativa
de los Bienes de Propiedad de la Sociedad E.P.S. SANITAS S.A.S.
identificada con NIT.800.251.440-6.
De conformidad con las funciones asignadas a las Oficinas de Registro de
Instrumentos Públicos mediante Decreto 2723 del 2014 artículo 22 numeral 4º,
remito para el trámite correspondiente, los documentos radicados con el
SNR2024ER038998 de fecha 09/04/2024, allegados por el Doctor Duver Dicson
Vargas Rojas, quien ejerce las funciones de Agente Especial Interventor designado
por la Superintendencia Nacional de Salud.
Dicho acto administrativo en su Artículo Cuarto, numeral 1. Medidas preventivas
obligatorias, literal e, determina lo siguiente:
“e) La comunicación a la Superintendencia de Notariado y Registro, para que dicha entidad
mediante circular ordene a todos los Registradores de Instrumentos Públicos que dentro de
los treinta (30) días siguientes a la toma de posesión, se sujeten a las siguientes
instrucciones:
Informar al interventor sobre la existencia de folios de matrícula en los cuales figure
la entidad intervenida como titular de bienes o cualquier clase de derechos; disponer
el registro de la toma de posesión en los folios de matrícula de los bienes inmuebles
de la intervenida; cancelar los embargos decretados con anterioridad a la fecha de
102
Abril 12
Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Calle 26 N° 13 49 Interior 201
Bogotá D.C., Colombia
Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 04
Versión:03
Fecha: 20 06 - 2023
la adopción de la medida de toma de posesión que afecten los bienes de la
intervenida a solicitud elevada solo por el agente especial mediante oficio.
Se abstengan de cancelar los gravámenes constituidos a favor de la intervenida
sobré cualquier bien cuya mutación esté sujeta a registro, salvo expresa
autorización del interventor; así como de registrar cualquier acto que afecte el
dominio de bienes de propiedad de la intervenida a menos que dicho acto haya sido
realizado por la persona mencionada, caso en el cual deben cancelar la respectiva
anotación sobre el registro de toma de posesión.”
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, se le solicita proceder de
conformidad con la medida decretada.
De manera cordial solicito no remitir información a esta Dirección, únicamente
enviarla a la Entidad competente.
OLMAN JOSE OLIVELLA MEJIA
Director Técnico de Registro
Proyectó: Efrén Latorre
Reviso: Ricardo José Rincón Márquez
Anexos: Un (1) archivo que contiene 22 Folios

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