Circular Nº 3000-E2-53891_23-07-2004 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 23-07-2004 - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - Normativa - VLEX 897387354

Circular Nº 3000-E2-53891_23-07-2004 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, 23-07-2004

Número de circular3000-E2-53891_23-07-2004
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Despacho Viceministra de Vivienda y Desarrollo Territorial
República de Colombia
23/Jul/2004 07:30:5 PM Al contestar cite 3000-E2-53891
CIRCULAR EXTERNA
A LOS ALCALDES, SECRETARIOS DE PLANEACIÓN
Y CURADORES URBANOS
ASUNTO : ESTRUCTURAS LIVIANAS PARA ACTIVIDADES DE ZOOTECNIA
Estimados señores:
El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, teniendo en cuenta la Circular Externa No
3000-E2-35743 del 20 de Mayo de 2004, que trata sobre estructuras livianas para invernaderos, hace
las siguientes precisiones en torno a la instalación de estructuras livianas para adelantar actividades
de zootécnia:
1- De acuerdo con la normas contenidas en el Decreto - Ley 2150 de 1995, la Ley 388 de 1997 y el
Decreto 1052 de 1998, para adelantar obras de construcción, ampliación, modificación y
demolición de edificaciones es requisito previo, solicitar la respectiva licencia de construcción. En
concordancia con las normas expresadas, el numeral 14 del artículo 4 de la Ley 400/97 define
edificación como “(...) la construcción cuyo uso primordial es la habitación u ocupación por seres
humanos”
2- De esta manera, se tiene que las estructuras simples, soportadas y amarradas con materiales
livianos que son fácilmente instalables y desmontables en cualquier tiempo y lugar sin generar
ningún tipo de detrimento en el terreno, y cuyo comportamiento dinámico difiera del de
edificaciones convencionales, no se sujetan al cumplimiento de las normas de diseño y
construcción sismo – resistente y, por tanto, no requieren de la licencia de construcción. A esta
categoría se pueden asociar las estructuras destinadas a la reproducción, cría, refugio, selección o
ceba de animales tales como galpones, corrales, porquerizas, establos y similares.
3- No obstante lo anterior, cuando dichas estructuras, por razón de su tamaño o de los materiales con
que se construyan, requieran de cimientos, y estructuras portantes que deban soportar cargas
gravitacionales que puedan poner en peligro la vida y bienes de las personas, se deberá verificar
que el diseño cumpla con las normas de construcción sismo resistente por medio de la respectiva
licencia de construcción.
Conmutador 3323400 - 3323434 , Calle 37 No. 8 – 40, www.minambiente.gov.co
Bogotá, D.C. Colombia

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR