Circular Nº 6 Despacho Procurador General, 23-05-2022 - Normativa - VLEX 908434065

Circular Nº 6 Despacho Procurador General, 23-05-2022

Fecha23 Mayo 2022
EmisorDespacho Procurador General (Procuraduría General de la Nación (Colombia))
PROCURADURIA
GENERAL DE LA NACION
CIRCULAR No. O
O 3
DE:
PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
PARA:
JURADOS DE VOTACIÓN
ASUNTO:
RECOMENDACIONES RESPECTO DE LAS FUNCIONES
PÚBLICAS TRANSITORIAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS
JURADOS DE VOTACIÓN EN LAS ELECCIONES DE PRESIDENCIA
Y VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE 2022
FECHA:
23 MAY 2022
LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales y
CONSIDERANDO
Que los artículos 118 y 277 de la Constitución Política disponen que la Procuradora
General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público y le corresponde
la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y
la vigilancia superior de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones
públicas.
Que el numeral 31 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el
artículo 2 del Decreto 1851 de 2021, faculta a la Procuradora General de la Nación
a efectos de expedir las circulares que resulten conducentes para el ejercicio de las
funciones públicas y prevenir la comisión de faltas disciplinarias por parte de los
servidores públicos y de los particulares que ejercen función pública.
Que los numerales 4 y 11 del artículo 5 de la Resolución No. 095 de 2021 establecen
que la Comisión Nacional de Control Electoral, bajo la dirección de la Procuradora
General de la Nación, ejercerá vigilancia sobre quienes desempeñen funciones
públicas durante los procesos electorales, entre ellos, los jurados de votación, con
ocasión de las elecciones de Presidencia y Vicepresidencia de la República a
celebrarse el 29 de mayo de 2022 y, de presentarse una segunda vuelta, el 19 de
junio del mismo año.
Que según el artículo 105 del Código Electoral, el cargo de jurado de votación es
de forzosa aceptación y los y las ciudadanos designados deberán concurrir
obligatoriamente a prestar el servicio.
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Ésta le da ALCANCE a
la Resolución 95 de
2021

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