Circular número 004 de 2022 - 1 de Febrero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 896466574

Circular número 004 de 2022

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51935

Para: Usuarios y Funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

De: Directora de Comercio Exterior (e)

Asunto: Modificación de la Circular 018 de 2020 y de sus anexos, modificada por las Circulares 004, 007, 011, 018 y 025 de 2021 - Sustitución de la Circular

002 de 2022

Fecha: Bogotá, D. C., 24 de enero de 2022.

A través de la Circular 018 de 2020 y sus anexos, modificada por las Circulares 004, 007, 011, 018, 025 de 2021 y 002 de 2022, se dio a conocer la información remitida al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo por las entidades que participan en la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), sobre los requisitos, permisos o autorizaciones previos a la importación, exigidos por estas para el trámite del registro o de la licencia de importación.

Como se informó a través de la Circular 002 de 2022, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1881 del 30 de diciembre de 2021 "por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones" acogiendo lo dispuesto en la Decisión 885 del 21 de octubre de 2021 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual fue aprobada la Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la Comunidad Andina denominada «Nandina» anexa a dicha Decisión y que adoptó la VII Recomendación de Enmienda al Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías aprobado por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), la cual entró a regir el 1º de enero de 2022.

De acuerdo con lo anterior, la Circular 002 de 2022 informó a los usuarios, para efectos de los trámites que adelantan ante la VUCE, sobre la actualización de las subpartidas arancelarias efectuadas por las entidades allí mencionadas. Con posterioridad a la expedición de la Circular 002 de 2022 se ha recibido información adicional de otras entidades, razón por la cual mediante la presente circular se actualizan algunos anexos de la Circular 018 de 2020, los cuales deberán ser tenidos en cuenta por los usuarios en los trámites que adelanten ante la VUCE:

Importaciones sometidas al régimen de licencia previa

- Anexo 1: Subpartidas arancelarias que amparan productos a los que el Consejo Superior de Comercio Exterior ha incluido en el régimen de licencia previa.

Ministerio de Justicia y del Derecho

Anexo 2 Subpartidas arancelarias que amparan plantas de cannabis, semillas de cannabis y sustancias químicas controladas por el Ministerio de Justicia y del Derecho. Sujetos en la Importación a Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes (CCITE).

Fondo Nacional de Estupefacientes

- Anexo 3: Subpartidas arancelarias que amparan sustancias y productos que únicamente pueden ser importados por el Fondo Nacional de Estupefacientes.

Industria Militar - Indumil

- Anexo 4: Subpartidas arancelarias que amparan productos que únicamente pueden ser importados a través de la Industria Militar.

Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

- Anexo 5: Subpartidas arancelarias que amparan sustancias controladas por el Protocolo de Montreal de control de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales

(ANLA).

- Anexo 6: Subpartidas arancelarias que amparan equipos de refrigeración y acondicionamiento de aire, extintores, filtros de agua, entre otros, controlados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 7: Subpartidas arancelarias que amparan vehículos controlados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 8: Subpartidas arancelarias que amparan residuos o desechos peligrosos controlados por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 10: Subpartidas arancelarias que amparan productos sometidos al sistema de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas de control de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 23: Subpartidas arancelarias que amparan la fauna y flora sujetos a la importación de permiso NO CITES de control de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 24: Subpartidas arancelarias que amparan plaguicidas de uso agrícola, doméstico, veterinario y salud pública de control de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).

- Anexo 25: Subpartidas arancelarias que amparan jabones y...

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