Circular número 006 de 2016
Emisor | Ministerio de Comercio, Industria y Turismo |
Número de Boletín | 49837 |
24000-
Para: Usuarios y funcionarios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo De: Directora de Comercio Exterior (e)
Asunto: Decreto 459 de 2016 - modifica parcialmente el Arancel de Aduanas Fecha: Bogotá D.C., 31 de marzo de 2016
Para su conocimiento y fines pertinentes de manera atenta se informa que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 459 del 16 de marzo de 2016, por medio del cual modifica parcialmente las Notas Complementarias Nacionales del Capítulo II del Arancel de Aduanas y se establecen los siguientes desdoblamientos:
· En las subpartidas 0201.30.00.10 y 0202.30.00.10, se entenderá por los cortes finos de lomo fino (solomillo), el lomo ancho (bife, chorizo o chatas) y la punta de anca. Su descripción en la declaración de importación debe hacer referencia a la forma como son empacados y etiquetados.
· Para las subpartidas 02.07.13.00.10 y 0207.14.00.10, se entenderá por cuartos traseros:
-
Medio trasero (dos cuartos traseros).
-
Cuartos traseros (pierna pernil con rabadilla).
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Cuarto traseros (Pierna pernil).
-
Pierna completa (pierna pernil sin rabadilla).
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Pernil.
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Pierna, y
-
Rabadilla.
· Para la subpartida 0210.99.90.10 se entenderá por "carne de aves de la partida 01.05, salados o en salmuera" la carne comestible que ha sido impregnada homogéneamente en todas sus partes de sal, en un porcentaje igual o superior al 1.2% de su peso total.
· Desdoblar las subpartidas arancelarias 0207.13.00.00 y 0207.14.00.00, las cuales quedarán así:
Subpartida Arancelaria | Descripción de la mercancía | Gravamen -GRV(%) |
02.07 | Carne y despojos comestibles de aves de la partida 01.05, frescos refrigerados o congelados | |
-De gallo o gallina | ||
0207.13.00 | -- Trozos y despojos, frescos o refrigerados: | 20 |
0207.13.00.10 | --- Cuartos traseros | 20 |
0207.13.00.90 | --- Los demás | 20 |
0207.14.00 | -- Trozos y despojados |
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