La cláusula compromisoria en los contratos de adhesión celebrados con consumidores. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia STC4826-2023 del 24 de mayo de 2023, M.P Octavio Augusto Tejeiro
Autor | Samuel Vásquez Barón |
Cargo | Universidad de La Sabana |
Páginas | 1-5 |
En los contratos de adhesión conviene revisar con atención la posibilidad de incluir ciertas cláusulas con el fin de evitar que se trate de una disposición abusiva impuesta al consumidor.
Precisamente, una de las cláusulas que suscitan debate en este tipo de contratos es la cláusula compromisoria. Frente a este punto, la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia fijó una postura clara en sentencia STC4826-2023 del 24 de mayo de 2023.
LA PROBLEMÁTICA
El problema sobre el cual gira la sentencia que acogió el recurso de casación interpuesto por el accionante consiste en analizar la posibilidad de:
“Dejar sin efecto la decisión por medio de la cual se confirmó, en segunda instancia, el interlocutorio que declaró probada la excepción previa de cláusula compromisoria, que formuló su convocada”.1
La temática central abordada en esta decisión reviste de gran importancia, pues, el desafío consiste en reconocer la validez de la cláusula compromisoria en los contratos de adhesión, específicamente en los que coexiste el pacto arbitral con una relación de consumo.
LOS HECHOS
Se trató de una sociedad comercial que contrató con una entidad aseguradora. En la póliza de seguro correspondiente, se incluyó una cláusula compromisoria, donde las partes someterían a arbitraje las diferencias con motivo del desarrollo, cumplimiento o interpretación del contrato. La empresa, dedicada a la fabricación y distribución de caucho y metal, interpuso una acción de responsabilidad civil contractual ante la jurisdicción ordinaria, con el fin de hacer efectiva la mencionada póliza.
Por su parte, la aseguradora en su calidad de demandada se opuso, formulando una excepción previa de cláusula compromisoria, la cual fue estimada tanto por el Juzgado Civil del Circuito en primera instancia, como el Tribunal Superior de Bogotá tras la apelación presentada por el demandante.
LA PRETENSIÓN DEL DEMANDANTE
La sociedad demandante presentó una acción de tutela en contra de la decisión por medio de la cual el Tribunal declaró probada la excepción previa de cláusula compromisoria, formulada por la aseguradora. En esta solicitud, el demandante alegó principalmente que, con la decisión objeto de estudio se desconocieron sus derechos fundamentales al debido proceso y a la administración de justicia, dada la onerosidad de la justicia arbitral.
Así mismo, afirmó que el pacto arbitral incorporado en el contrato de seguro carece de eficacia por no cumplir con los requisitos formales y sustanciales exigidos por la Ley 1563 de 2012 en sus artículos 3, 4 y 6, y por atentar contra las garantías del consumidor financiero, en el marco de la Ley 1328 de 2009 y 1480 de 2011.
LA SENTENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
La sentencia abarca con detenimiento la relación entre las reglas aplicables a los consumidores financieros, los consumidores en general y la normatividad del Estatuto Arbitral. Conviene entonces...
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