Comentarios sobre las nuevas normas colombianas en materia de arbitraje internacional
Autor | Juan Antonio Gaviria Gil |
Páginas | 259-281 |
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JUAN ANTONIO GAVIRIA GIL*
SUMARIOI. Análisis de las nuevas normas sobre arbitraje internacional.
A. Alcance de la aplicación de las nuevas normas sobre arbitraje internacional. B.
partes. E. Causales para recusar a un árbitro. F. Medidas cautelares. G. Causales para
la anulación de un laudo arbitral. H. Ejecución de laudos arbitrales. II. Algunos retos
de las nuevas normas sobre arbitraje internacional. Conclusiones.
RESUMEN: Recientemente, el Congreso colombiano expidió la Ley 1563 de 2012, el
cialmente en la Ley Modelo de la CNUDMI
pretende modernizar las normas colombianas sobre arbitraje, armonizarlas con otras
leyes nacionales, e incentivar a las partes de contractos con algún componente trans
nacional a escoger a Colombia como sede para sus arbitrajes internacionales. En este
sentido, el propósito de este artículo es doble: primero, discutir algunas de las nuevas
normas sobre arbitraje internacional; segundo, analizar algunos de los retos que el nuevo
estatuto debe enfrentar para alcanzar el propósito indicado anteriormente.
PALABRAS CLAVE: anulación, arbitraje, ejecución, Estatuto, laudo.
Comentarios sobre
las nuevas normas
colombianas en materia
de arbitraje internacional
* Abogado, profesor e investigador de la Universidad Pontificia Bolivariana, Medellín, Co
co]. Fecha de recepción: 24 de diciembre 2012. Fecha de aceptación: 18 de marzo 2013.
REVISTA DE DERECHO PRIVADO, N.º 24, ENERO - JUNIO DE 2013, PP. 259 A 281
JUAN ANTONIO GAVIRIA GIL
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Commentaries on the new Colombian Arbitration Law
ABSTRACT: Recently, Colombian Congress enacted Law 1563 (2012), the new Statute
UNCI-
TRAL
Colombian legal rules on arbitration, harmonize them with other national laws, and
incentive parties to contracts with some transnational component to choose Colombia
second, to analyze some challenges that the new statute must face to achieve the goal
indicated above.
KEYWORDSUNCITRAL.
INTRODUCCIÓN
1 el Congreso colombiano promulgó un nuevo
estatuto sobre arbitraje nacional e internacional, el pasado 12 de julio de 2012
mismo año3. Este estatuto, parcialmente basado en la Ley Modelo de la CNUDMI,
o UNCITRAL, por sus siglas en inglés (en adelante “Ley Modelo UNCITRAL”), deroga
algunas normas4
, que no estaban en sintonía con las nuevas tendencias del arbitraje
internacional y, de manera más general, con los métodos alternativos de solución
de conflictos5.
Este artículo, antes que analizar el nuevo estatuto en su totalidad, limita su
propósito a la discusión de algunas de las nuevas normas sobre arbitraje interna
cional6, las cuales son parte de la segunda sección de la Ley 1563. Así, las nuevas
1 Por ejemplo, el gobierno colombiano presentó en el año 2003 un proyecto de ley para
modernizar las normas sobre arbitraje. Este proyecto, infortunadamente, nunca se convirtió
en ley. Cfr. Arbitraje: nuevo revés de Londoño, en El Tiempo.com (
MAM
Estudian proyecto de Ley General de Arbitraje, en El Portal del Abogado, [
2
3
5 Cfr. Fernando Mantilla, El anteproyecto de ley de arbitraje: entre Dr. Jekyll y Mr. Hyde, en
Ámbito Jurídico,
6 En aras de mantener este artículo dentro de un número razonable de páginas, algunas
pero no todas las nuevas normas sobre arbitraje internacional son analizadas.
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