La competencia y la reforma a la Ley de contrataciones públicas de la Republica Dominicana - Núm. 52, Julio 2019 - Revista Con-texto - Libros y Revistas - VLEX 850692179

La competencia y la reforma a la Ley de contrataciones públicas de la Republica Dominicana

AutorMirna J. Amiama Nielsen
CargoAbogada dominicana con ejercicio privado especializado en Competencia, Contrataciones Públicas y Energía, entre otras áreas de ejercicio de la abogacía
Páginas161-193
La competencia y la
reforma a la Ley de
contrataciones públicas de
la República Dominicana1
MIRNA J. A MIAMA NIELSEN2
INTRODUCCIÓN
Las instituciones y los sistemas del Estado deb en actuar y operar en función de la conse-
cución del interés del público en general, el interés del supremo de quien es delegatar io
y recibe todo el poder.
La Constitución Dominicana de 2015 dispone en su Artículo 7 que la República
Dominicana es un Estado Social y Democrático de Derecho. El Artículo 8 declara cual
es la función del Estado:
Artículo 8.- Función esencial del Estado. Es función esencial del Estado, la protección efectiva
de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le
permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de
libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general
y los derechos de todos y todas.
1 Fecha de recepción: 22 de febrero de 2019. Fecha de aceptación: 15 de noviembre de 2019. Para citar el
artículo: Amiama Nielsen, M. (2019). La competencia y la reforma de las contrataciones públicas de la
República Dominicana, en Revista Con-texto, n.º 52, pp. 161-193. DOI: https://doi.org/10.18601/01236458.
n52.08.
2 Abogada dominicana con ejercicio privado especializado en Competencia, Contrataciones Públicas y
Energía, entre otras áreas de ejercicio de la abogacía. Participa como consultora independiente para la
elaboración de los proyectos de ley de Competencia y Contrataciones Públicas, los cuales se convir-
tieron en ley tiempo después. Ha sido pionera reconocida en el estudio del Derecho de Competencia,
Derecho de Contrataciones Públicas y Derecho Energía en la República Dominicana. Recientemente
concluyó su contrato con el BID para realizar recomendaciones para un eventual proyecto de ley que
reforme la actual Ley de Contrataciones Públicas de la República Dominicana. Fue decana de la Escuela
de Derecho de la Universidad APEC por más de 10 años, y ha sido profesora universitaria de Derecho
Comercial, Derecho de Competencia, Comercio Internacional, Inversión Extranjera, entre otras.
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El Sistema de Contrataciones Públicas es una de las her ramientas disponibles para el
Estado alcanzar el interés general3.
Las contrataciones públicas representan un importante volumen del gasto público y
de la economía de los países. En el año 2012 se estimó que los países de la OCDE gastan
un promedio del 12% del PIB4.
En la República Dominicana, el Boletín 27 de Estadísticas de Compras y Contra-
taciones, publicado por la Dirección General de Contrataciones Públicas5, indicó que
bajo el marco de Ley sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y
Concesiones Núm. 340-06 su modificación por la Ley Núm. 449-06, 06 (en adelante
“Ley de Contrataciones Públicas”), y su Reglamento de aplicación en el Decreto Núm.
543-12, se efectuaron contrataciones públicas en el período comprendido entre los me-
ses de abril y junio del 2018 por RD$4.862.430.880,71, de los cuales aproximadamente
RD$3.700.000.000,00 corresponden a licitaciones públicas.
Aproximadamente RD$3.400.000.000,00 fueron contratados a MYPIMES no certificadas,
y unos RD $970.000.000,00 fueron contratados a MYPIMES certificadas por el Ministerio
de Industria y Comercio.
El Presupuesto General del Estado para el año 2018 se aprobó un gasto en contrata-
ciones de bienes y servicios del orden de los RD$87.198.056.306 de conformidad con el
Anexo de Gastos del Presupuesto General del Estado, lo que constituye un 2.3% del pre-
supuesto. En el mismo anexo se indica que fue aprobado un gasto de RD$25.366.848.126
para construcciones en proceso, que representa un 0,7% del presupuesto nacional.
El mismo anexo, la clasificación objetal del gasto, indica que en contrataciones de
servicios, materiales y suministros, bienes muebles e inmuebles e intangibles y obras
4,3% del PIB será gastado por el Estado durante el año 2018.
El 23,9% del gasto presupuestado para el año 2018, corresponde a contrataciones
de servicios, materiales y suministros, bienes muebles e inmuebles e intangibles y obras.
En la siguiente tabla se observa la comparación del gasto según su objeto6.
3 La corrupción en la contratación estatal: ¿entre la etiqueta y la acción social? Revista Derecho Público. n. 86
(2017) • pp. 7-31 • DOI 10.5354/0718-5249.2017. XXXXX Recibido: 2/12/2016 • Aprobado: 10/6/2017.
Carlos Fernando Amaya Rodríguez Institución Universitaria Colegios de Colombia, Colombia Laura
Cristina Hernández Abogada, Colombia, Zuleyma Méndez Prada Abogada, Colombia
4 Recomendación del Consejo para Combatir la Colusión en la Contratación Publica aprobada el 17 de
julio de 2012.
5 Boletín 27 de la Dirección General de Contrataciones Públicas de la República Dominicana http://www.
dgcp.gob.do/transparencia/index.php/estadisticas
6 Para la preparación de este artículo nos resultó difícil encontrar información estadística procesada y
analizada respecto del sector de las contrataciones públicas. El tratamiento que recibe el sector como
un aspecto dentro de las cuentas nacionales, y no como un sector de la economía nacional, puede ser
parte de la causa de dicha falta de análisis y procesamiento.
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La innegable importancia económica de las contrataciones públicas provoca q ue siempre
esté latente la preocupación por el uso correcto de los fondos públicos y los incentivos
naturales, para que los agentes del mercado se coordinen e incurran en prácticas anti-
competitivas, denominadas en nuestro Derecho licitaciones colusorias.
De hecho, la Fiscalía Nacional Económica de Chile ya en 2011 declaraba que
La colusión en licitaciones (conocida internacionalmente como bid-rigging), particularmente
en el ámbito de las compras públicas, constituye una de las preocupaciones fundamentales
del derecho de la competencia moderno. En efecto, diversos organismos internacionales
recomiendan a las agencias de competencia enfocar en los gobiernos al menos una parte
importante de sus esfuerzos destinados a alertar acerca de los peligros de los carteles. Asi-
mismo, se recomienda colaborar de manera estrecha con las autoridades encargadas de las
compras públicas con el fi n de detectar, perseguir y sancionar la colusión en licitaciones de
manera más efectiva7.
En la República Dominicana, han transcurrido 12 años de aplicación de una Ley de
Contrataciones Públicas, la cual, si bien fue un avance importante en su momento,
especialmente promoviendo la selección de suplidores del Estado siguiendo procesos
competitivos, no es menos cierto, que en el 2006 la refor ma no alcanzó a integrar todas
las mejores prácticas de la época, por lo que dicha ley se quedó rezagada en algunos
aspectos.
7 Compras Públicas y Libre Competencia. Fiscalía Nacional Económica de Chile. Abril 2011. Pp.2 http://
www.fne.gob.cl/wp-content/uploads/2017/11/Material-de-Promocion-1-Compras-publicas-Abr2011.pdf

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