Concepto 100208192-847 de Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de 01 de agosto de 2023
Fecha | 01 Agosto 2023 |
Subdirección de Normativa y Doctrina
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100208192-847
Bogotá, D.C., agosto 1° de 2023.
Tema:
Impuesto sobre la renta y complementarios
Descriptores:
Rentas de trabajo exentas
Fuentes formales:
Artículos 206 y 336 del Estatuto Tributario
Cordial saludo,
De conformidad con los artículos 56 del Decreto 1742 de 2020 y 7-1 de la Resolución DIAN
No. 91 de 2021, este Despacho está facultado para absolver las consultas escritas
generales que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias,
aduaneras y de fiscalización cambiaria, en el marco de las competencias de la Dirección de
Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN. Por consiguiente, no corresponde a este
Despacho, en ejercicio de las funciones descritas anteriormente, prestar asesoría
específica para atender casos particulares, ni juzgar o calificar las decisiones tomadas por
otras dependencias o entidades.
PROBLEMA JURÍDICO
¿Está sometida a la limitación de que trata el numeral 3 del artículo 336 del Estatuto
Tributario la renta exenta prevista en el numeral 10 del artículo 206 ibidem sobre las
indemnizaciones por despido injustificado o bonificación por retiro definitivo?
TESIS JURÍDICA
La renta exenta prevista en el numeral 10 del artículo 206 ibidem sobre las indemnizaciones
por despido injustificado o bonificación por retiro definitivo está sometida a la limitación de
que trata el numeral 3 del artículo 336 del Estatuto Tributario.
Radicado Virtual No.
000S2023004455
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