Concepto n° 202411600389561 de Ministerio de Salud, de 2024 - Normativa - VLEX 1027084456

Concepto n° 202411600389561 de Ministerio de Salud, de 2024

Fecha27 Febrero 2024
Fecha de publicación05 Enero 2024
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 202411600389561
Fecha: 27-02-2024
Ministerio de Salud y Protección Social
Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C., Colombia
PBX: (+57) 601 330 5000
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 www.minsalud.gov.co
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Bogotá D.C.,
Señor Código de verificación: A9C9C
Asunto. Solicitud de concepto sobre la aplicación de la Circular 002 del 21 de marzo de
2023 emitida por la Procuraduría General de la Nación.
Radicado. 202442300449532
Respetado señor:
Procedemos a dar respuesta a la comunicación del asunto, mediante la cual solicita a
esta dirección se emita concepto jurídico frente a las actuaciones de las Empresas
Sociales del Estado- ESE para adelantar procesos de cobro coactivo contra las
Entidades Promotoras de Salud - EPS, Entidades Responsables de Pago - ERP y la
Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud-
ADRES, cuyas solicitudes en concreto son las siguientes:
“En vista de lo anterior, las Empresas Sociales del Estado no solo pueden, sino que
efectivamente deben recibir recursos públicos por mandato constitucional, es necesario
solicitar respuestas a la Procuraduría General de la Nación con el fin de aclarar las dudas
que se deja tras el concepto dado bajo los siguientes postulados:
1. ¿Cuál de los textos jurídicos enunciados de cara a la competencia de las ESES sería el
aplicable para ejercer la facultad de cobro coactivo a las EPS, ERP y ADRES, el arti- culo
169 del Decreto Ley 1421 de 1993 o el artículo 5 de la Ley 1066 de 2006?
¿Y cuál sería el fundamento para ello con ocasión de la Prestación de servicios?
2. Cuál sería el procedimiento para realizar la recuperación de cartera adeudada por par-
te de las EPS, debido a la prohibición de embargar cuentas, incluidas las que la norma
menciona como excepciones?
3. ¿Qué proceso es el ajustable para realizar la recuperación de cartera de deudas por
parte de las EPS con ocasión de prestación de servicios de salud, las cuales cuentan con
la circunscripción de excepciones de inembargabilidad y de las cuales se hacen ne-
cesarias recuperar para el desarrollo de la prestación de servicios de salud de la ESE?”
En primer lugar, la Dirección Jurídica de este ministerio, mediante radicado
202211602499661 del 14 de diciembre de 2022 emitió concepto a través del cual se
pronunció sobre la facultad de cobro coactivo de las Empresas Sociales del Estado
precisando sobre el particular:

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