Concepto nº 34282, Superintendencia de Industria y Comercio, 29-04-2011
Fecha | 29 Abril 2011 |
Emisor | Superintendencia de Industria y Comercio (Colombia) |
Materia | SERVICIOS DE COMUNICACIONES - TELECOMUNICACIONES |
Bogotá D.C.,
10
Asunto: Radicación: 11-034282- -00002-0000
Trámite: 113
Evento: 0
Actuación: 440
Folios: 9
Respetado(a) Señor (a):
[Datos personales eliminados en virtud de la Ley 1581 de 2012]
Con el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo,
damos respuesta a su consulta radicada en esta Entidad con el número que se indica
en el asunto, en los siguientes términos:
1. Objeto de la consulta
En su escrito, además de exponer su caso particular, solicita se le informe que ley o
decreto autoriza a cobrar el servicio de telefonía cuando el mismo ha sido "cortado"
por falta de pago.
Sobre el particular le manifestamos que a esta Oficina no le es posible, a través de un
concepto, pronunciarse sobre casos particulares, sin embargo, a continuación, nos
permitimos suministrarle información relevante en relación con el tema de la consulta,
con el fin de brindarle mayores elementos de juicio al respecto. Igualmente, encontrará
la forma en que puede presentar una petición, queja o reclamo ante el operador.
2. Facultades de la Superintendencia de Industria y Comercio
De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta
Superintendencia, en particular por el Decreto 3523 de 2009, modificado por el
Decreto 1687 de 2010, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba