Concepto Nº CGR-OJ-029 de 2024 de Contraloría General de la República, 21-02-2024
Número de oficio | CGR-OJ-029 de 2024 |
Fecha | 21 Febrero 2024 |
Emisor | Contraloría General de la República (Colombia) |
CONTRALORÍA
GENERAL DE. LA REPÚBLICA
Defender juntos los recursos públicos iTiene Sentido!
CGR—OJ-
029
de 2024
80112 —
Contraloria General de la Republica SGD 21-02-2024 15:55
Al Contestar Cite Este No.: 2024EE0030834
FoI:7
Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112 OFICINA,JURIDICA/ ISDUARJAVIER TOBO RODRIGUEZ
DESTINO RODRIGO MEMA NOVOA
ASUNTO CONCEPTO SOBRE CONSTITUCIÓN DE CDTS POR PARTE DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO
OBS
2024EE0030834
11
111111111111111111111111111111111111111
11 III
Bogotá D.C.,
Doctor
RODRIGO MEJÍA NOVOA
Secretario General
Red de Cámaras de Comercio
rmejia@confecamaras.org.co
Contraloria General de la Republica SGD 21-02-2024 15:55
Al Contestar Cite Este No.: 2024EE0030834C1 Fol:7 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112 OFICINA JURFDICA / ISDUARJAVIER TOBO RODRIGUEZ
DESTINO 80542 GRUPO DELEGADO DE VIGILANCIA FISCAL DE NORTE DE SANTANDER / NOHORA
OLIVEROS QUINTERO
ASUNTO CONCEPTO SOBRE CONSTITUCIÓN DE CDTS POR PARTE DE LAS CÁMARAS DE COMERCIO
OBS
2024
EE
0030834
C
1
11111111111111111111111111111111111111111111111
— CONFECAMARAS
Referencia: Radicado Interno: 2023ER0227442 del 19/12/2023
Tema:
CÁMARAS DE COMERCIO. - Constitución de CDTs con los recursos
públicos que administran las Cámaras de Comercio. - Aclaración
Concepto No.174 de 2023.
Respetado doctor Mejía:
La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGR- recibió la consulta
citada en la referencias, que procede a responder a continuación:
1. Antecedentes
El peticionario plantea lo siguiente:
"La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República emitió el Concepto
CGR-OJ-174 de 2023, con radicado 20231E0117315, por medio del cual se analizó
un tema de trascendental importancia para las Cámaras de Comercio y el sector
cameral en general.
En particular,
.0
conc,eptO en mención resolvió el siguiente problema jurídico: ¿Es
legal que las Cámaras de Comercio, inviertan los excedentes de los recursos públicos
en
Certificados de Depósito a Término
-
CDT?
1
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de
la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a
su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción".
Carrera 69 No.44 35 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
cgr@contraloria.gov.co
• www.contraloria.gov.co
• Bogotá D.C., Colombia
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