Concepto Nº CGR-OJ-0001-2019 de Contraloría General de la República, 02-01-2019 - Normativa - VLEX 797810673

Concepto Nº CGR-OJ-0001-2019 de Contraloría General de la República, 02-01-2019

Fecha02 Enero 2019
Número de oficioCGR-OJ-0001-2019
EmisorContraloría General de la República (Colombia)
()
CONTRALORÍA
GENERAL 0E LA REPÚBLICA
CGR-OJ-
- - 0 01
-2019
80112 -
Al Contestar Cite Este No.: 20191E0000047 Fol:4 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112-0FICINAJURIDICA 1 JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ
DESTINO 80117-0EICINA DE PLANEACIÓN/ MARGARITA XIMENA PARDO RODRIGUEZ
ASUNTO TARIFA DE CONTROL FISCAL CONDONACION INTERESES
OBS
20191E0000047
11111111111111111111111111111111111111111111
Doctora
MARGARITA XI MENA PARDO RODRÍGUEZ
Coordinadora Equipo de Planeación Presupuestal
Oficina de Planeación
Bogotá, D.C.
Referencia:
Radicado 2018ER0121786
Tema:
TARIFA DE CONTROL FISCAL — CONDONACIÓN DE
INTERESES DE MORA — Improcedencia.
Respetada doctora Margarita Ximena:
La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República —CGR- recibió la
comunicación citada en la referencia', la cual procedemos a responder a
continuación:
1. Antecedentes.
De acuerdo con el contenido del correo, luego de transcribir el artículo 4 de la Ley
106 de 1993 que establece el cobro de la tarifa de control fiscal a cargo de la
Contraloría General de la República, así como el desarrollo de la reglamentación
expedida por este Órgano de Control para determinar el costo de la tarifa y el
procedimiento de pago, se indica lo siguiente:
"Ahora bien, ante esta Oficina y de manera general ante la CGR, se ha manifestado
por parte de los diferentes sujetos de control la imposibilidad de efectuar el pago total
de este tributo especial por no disponer de los recursos para ello como parte de lo
aprobado por su órgano social o apropiado a través de la Ley y Decreto de liquidación
del Presupuesto General de la Nación, así como la necesidad de adelantar los trámites
presupuestales del caso para cancelar el saldo pendiente, cuyo término supera en
muchas oportunidades el previsto para cancelar este gravamen.
En este orden de ideas, superados los términos concedidos para el pago, sin que ello
haya sucedido, la Gerencia Administrativa y Financiera de la CGR debe cumplir con la
obligación contenida en el artículo 20 de la Resolución Reglamentaria Orgánica No.
REG-ORG-0016 del 16 de agosto de 2017, ya transcrita, teniéndose que como
el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades
en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su
recepción."
Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
cgr(@contraloria.gov.co
•www.contraloria.gov.co
•Bogotá, D. C., Colombia

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