Concepto Nº JDS-24449 del Banco de la República de Colombia, 21-10-2014 - Normativa - VLEX 820505733

Concepto Nº JDS-24449 del Banco de la República de Colombia, 21-10-2014

Fecha21 Octubre 2014
Número de oficioJDS-24449
Materiareorganización empresarial,Inversión suplementaria al capital asignado de sucursales del régimen cambiario especial,Aportes a contratos de colaboración
EmisorBanco de la República (Colombia

"(...) Damos respuesta a su comunicación (...), mediante la cual plantea varias consultas relacionadas con el régimen cambiario especial de hidrocarburos y minería.




Al respecto, me permito manifestarle lo siguiente:




El numeral 11.1.1.2. "Registro de la Inversión", ordinal (ii) "Inversión suplementaria al capital asignado" de la Circular Reglamentaria Externa DClN- 83 del 1o. de octubre de 2014 establece el siguiente procedimiento para registrar como Inversión suplementaria al capital asignado (ISCA) de las sucursales del régimen cambiario especial, las disponibilidades de capital representadas en divisas, bienes y servicios:



"a. Las divisas reintegradas durante el ejercicio anual por conducto del mercado cambiario para atender obligaciones en moneda legal, siguiendo el procedimiento establecido en el punto 7 .2.1.1. del Capítulo 7 de esta Circular. Para efectos estadísticos, esta información debe reflejarse en el Formulario No. 13 "Registro de inversión suplementaria al capital asignado y actualización de cuentas patrimoniales- sucursales del régimen especial" (en adelante Formulario No. 13), utilizando el código correspondiente. Se consideran gastos los aportes en moneda legal a contratos de colaboración (solicitudes de fondos).




b. La disponibilidad de divisas que tengan las sucursales en el exterior contabilizadas como inversion suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual, mediante la presentación del Formulario No. 13, en el cual, para fines estadísticos, deberán discriminar su utilización según los códigos que correspondan.



c. Los bienes y/o servicios contabilizados como inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual, mediante la presentación del Formulario No. 13.



Para efectos del control aduanero a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, las sucursales deberán conservar la información relacionada con las operaciones de importación de bienes conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución Externa 8 de 2000.




Los aportes a contratos de colaboración (solicitudes de fondos) se registrarán como inversión suplementaria al capital de la forma indicada en el instructivo del Formulario No. 13"




l. Registro como ISCA de la disponibilidad de divisas que tengan las sucursales del régimen especial en el exterior:



Como se observa, a partir de la modificación efectuada con la Circular Reglamentaria Externa DCIN-83 del 1o. de octubre de 2014, se debe registrar como ISCA la disponibilidad de divisas que tengan las sucursales en el exterior que hubieren sido contabilizadas como inversión suplementaria al capital asignado durante el ejercicio anual.



Para el efecto, debe presentarse el Formulario No. 13 "Registro de inversión suplementaria al capital asignado y actualización de cuentas patrimoniales - sucursales del régimen especial" en el cual deben relacionarse las divisas no reintegradas, contabilizadas durante el ejercicio anual como inversión suplementaria al capital asignado, bajo los códigos de créditos 10 a 17 del instructivo del Formulario 13, según la utilización de las mismas durante el periodo...

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