RESOLUCION NUMERO 00847 DE 2008 , (noviembre 28) , por la cual se conforman los Comités Paritarios de Salud Ocupacional y se designan los Vigías Ocupacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. - 28 de Noviembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50039573

RESOLUCION NUMERO 00847 DE 2008 , (noviembre 28) , por la cual se conforman los Comités Paritarios de Salud Ocupacional y se designan los Vigías Ocupacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín47198

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en artículo 6 o numerales l, 22 y 32 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008.

CONSIDERANDO: Que el artículo 25 del Decreto 614 del 14 de marzo de 1984, del Ministerio de Trabajo y seguridad social, establece que en todas las empresas e instituciones públicas y priva das, se constituirá un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial integrado por representantes de los patronos y de los trabajadores;

Que el artículo 2 o de la Resolución 2013 de 1986 expedida por el Ministerio de Tra bajo y seguridad social establece el número de personas que deben integrar los citados Comités;

Que de conformidad con el artículo 3 o de la Resolución 2013 de 1986, las empresas con menos de diez (10) trabajadores a su servicio deben nombrar un funcionario que sea garante del cumplimiento del Programa de Salud Ocupacional, que la misma ley denomina Vigía Ocupacional;

Que el artículo 4 o de la Resolución 2013 de 1986 establece que la empresa que posea dos o más establecimientos de trabajo, podrá conformar varios Comités de Medicina, Higiene y seguridad Industrial, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su organización interna;

Que el artículo 63 del Decreto 1295 del 22 de junio de 1994 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, dispone que el Comité de Higiene y Seguridad Industrial se denominará Comité Paritario de Salud Ocupacional y que se aumenta a dos (2) años, el periodo de vigencia de los integrantes del mismo;

Que mediante el Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008 se modificó la estructura interna de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE:

Artículo 1 o

Conformación.

Conformar los Comités Paritarios de Salud Ocupacional de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales así: 1.1 En el nivel central. ? El Director de Gestión de Recursos y Administración Económica quien lo presidirá.

Su suplente será el Director de Gestión Organizacional;

? El Subdirector de Gestión de Comercio Exterior.

Su suplente será el Subdirector de Gestión Comercial;

? El Subdirector de Gestión de Recursos Físicos.

Su suplente será el Subdirector de Gestión de Recursos Financieros;

? El Subdirector de Gestión de Asistencia al Cliente.

Su suplente será el Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria;

? Cuatro (4) representantes de los empleados públicos de la DIAN con sus respectivos suplentes, elegidos mediante votación de los empleados públicos nombrados, posesionados y ubicados en el Nivel Central. ? El Jefe del Grupo de Coordinación de Seguridad Social y Bienestar Laboral, o su delegado, asistirá como invitado permanente. 1.2 En el nivel local. 1.2.1 En la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá. ? El Director Seccional de Impuestos quien lo presidirá.

Su suplente será el Jefe de la División de Gestión Jurídica;

? El Jefe de la División de Gestión Administrativa y Financiera.

Su suplente será el Jefe de la División de Gestión de Fiscalización para no Obligados a llevar Contabilidad;

? El Jefe de la División de Gestión de Fiscalización para Obligados a llevar Contabilidad.

Su suplente será el Jefe de la División de Gestión de Liquidación;

? El Jefe de la División de Gestión de Recaudo.

Su suplente será el Jefe de la División de Gestión de Cobranzas;

? Cuatro (4) representantes de los empleados públicos de la DIAN con sus respectivos suplentes, elegidos mediante votación de los empleados públicos nombrados, posesionados y ubicados en la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá. ? El Jefe de Coordinación de Personal de las Direcciones Seccionales de Bogotá, o su delegado, asistirá como invitado permanente. 1.2.2 En la Dirección Seccional de Impuestos y Dirección Seccional de Aduanas de Barranquilla, en la Dirección Seccional de Impuestos y en la Dirección Seccional de Aduanas de Cali, y en la Dirección Seccional de Impuestos y Dirección Seccional de Aduanas...

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