Consejo de estado explica cuándo se constituye el contrato de agencia comercial y precisa sus principales características - Núm. 25, Enero 2016 - Boletín Jurídico Gil & Roa Abogados - Noticias - VLEX 632287253

Consejo de estado explica cuándo se constituye el contrato de agencia comercial y precisa sus principales características

(Consejo de Estado Sección Tercera, Sentencia 25000232600020061202201 (52423) - 11/26/2015)

La Sección Tercera del Consejo de Estado, por medio del estudio dogmático del régimen de obligaciones y contratos y el análisis jurisprudencial de los artículo 1320 al 1324 del Código de Comercio, explicó que el contrato de agencia comercial se constituye en un mandato comercial de carácter especial, pues el agente o comerciante independiente actúa por cuenta del empresario que le ha confiado ya sea la fabricación, distribución, explotación o promoción de sus negocios. Así mismo, aclaró que este contrato debe contener expresamente las facultades conferidas al agente comercial, que deberá dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el empresario. En la misma línea, precisó que dentro de las características de este negocio jurídico se encuentran que es un acuerdo de carácter consensual, pues no requiere de la formalidad del escrito para que surja a la vida jurídica; igualmente, es de carácter oneroso, por lo...

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