Consejos para manejar sus seguros - Tercera parte. Los seguros en la práctica - Seguros y finanzas para la familia - Libros y Revistas - VLEX 401432814

Consejos para manejar sus seguros

AutorMejía Delgado, Hernán
Páginas159-172

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C apítulo 11

Consejos para manejar sus seguros

“El destino no es asunto de suerte; es asunto de decisiones. No es algo por lo cual uno espera; es algo que uno logra”.

Este capítulo contiene:

Consejos para el manejo de sus pólizas Obligaciones con el manejo de sus seguros Obligaciones de la aseguradora
¿Qué es el defensor del cliente? ¿Seguros individuales o seguros colectivos?

En este capítulo enseñamos la forma de manejar los seguros, para lo cual se deben observar unas sencillas normas que le evitarán problemas y demoras en la tramitación de todo lo relacionado con sus pólizas. Primero veamos algunas indicaciones y luego las obligaciones del tomador o asegurado desde antes de contratar, durante la vida de la póliza y con ocasión del siniestro. Finalizaremos con las obligaciones del asegurador y otros consejos importantes.

Como la póliza de seguros, te recomiendo:

Los seguros son evolutivos, razón por la cual deben observarse algunas simples normas para evitar que al ocurrir un siniestro nos encontremos con la desagradable sorpresa de la objeción del reclamo. Las normas que verás más adelante son de gran importancia para garantizar tu futuro, bienestar y felicidad con el seguro que para tal efecto contrataste. ¡Lee cuidadosamente para proteger tus finanzas!

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Consejos para el manejo de sus pólizas

Durante la vida del seguro deben tenerse en cuenta varias normas como son:

Archivo de pólizas: organice un archivo de sus pólizas de seguro, manténgalas ordenadas y en lugar seguro, revíselas periódicamente con su cónyuge.

Claves para su manejo: tenga en cuenta los siguientes puntos:

• Cualquier aumento del riesgo en relación con el estado de los bienes asegurados al momento de contratar la póliza debe ser informado a la aseguradora.

• Si compra algún bien, enseres, equipos, hace reformas locativas, etc., debe informar a la compañía para su inclusión en el seguro.

• Todo traslado de los bienes a otra dirección debe ser informado de inmediato a la compañía para evitar la interrupción de la cobertura.

• Determine las garantías exigidas por su póliza y cúmplalas estrictamente.

• Tenga en cuenta que debe solicitar la renovación de la póliza con antelación a su vencimiento, pues en caso contrario no tendrá cobertura.

• Recuerde que la prima del seguro debe cancelarla a la aseguradora dentro del mes siguiente a la entrega del respectivo recibo de cobro.

• Consulte cualquier duda o tema que no entienda con su asesor de seguros.

Informe a su familia de sus pólizas: entere a los suyos sobre los seguros que tenga contratados, de qué tipo son, aseguradora y lugar donde las tiene.

Verifique la salud de sus pólizas: familiarícese con sus seguros, revise usted mismo sus coberturas, alcances y limitaciones. Utilice el manual que le adjuntamos.

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Anexo SIL. Manual para revisión de pólizas:

Con el manual que adjuntamos en internet usted fácilmente puede revisar cada una de las pólizas que tenga contratadas y verificar su calidad en cuanto a cobertura, deducibles, garantías, condiciones restrictivas, costos de primas, etc. ¡Consulte con su asesor de seguros todo lo que no entienda o no encuentre claro!

Obligaciones con el manejo de sus seguros

Como en una misma persona pueden coincidir las calidades de tomador, asegurado y beneficiario o radicarse en diferentes sujetos, las siguientes obligaciones se refieren a cada uno en particular o a un mismo titular si las tres calidades recaen en un mismo sujeto. Las obligaciones comienzan desde antes de celebrarse el contrato, subsisten durante su vigencia y, en muchas ocasiones, prosiguen en caso de siniestro, por lo que separadamente nos referimos a ellas.

h Antes de celebrarse el contrato
Debemos destacar esta obligación o deber esencial, aplicable a toda clase de contratos de seguro:
Declarar el estado del riesgo: en virtud del principio de la buena fe, esencial al contrato de seguros, e independientemente de que se haya propuesto previamente un cuestionario o formulario dentro de la denominada solicitud de seguro, el tomador o asegurado está obligado a declarar sinceramente todas las circunstancias que determinen el estado del riesgo, circunstancia que no se da cuando se ocultan hechos o se indican de manera inexacta48.

h Luego de celebrarse el contrato
Una vez perfeccionado el contrato de seguros, el tomador o asegurado adquiere los siguientes deberes u obligaciones:
Pago de la prima: en Colombia esta obligación le corresponde al tomador de la póliza de acuerdo al artículo 1066 del Código de Comercio, modificado por el artículo 81 de la Ley 45 de 1990, el cual

48 Artículo 1058 del Código de Comercio de Colombia.

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debe efectuarse en el domicilio del asegurador o, según lo establece el artículo 1067 del Código de Comercio, en el de sus representantes o agentes debidamente autorizados para ello.

Efectos del No Pago: el pago de la prima debe realizarse a más tardar dentro “del mes siguiente contado a partir de la fecha de la entrega de la póliza o, si fuere el caso, de los certificados o anexos que se expidan con fundamento en ella”, salvo que las partes acuerden otros plazos. En consecuencia, el no pago de la prima dentro de los plazos de ley o convenidos, produce:
h La terminación automática del contrato.
h La obligación de pagar la prima devengada durante el mes o el plazo adicional que expresamente concedió el asegurador, además de los gastos causados a éste con ocasión de la expedición del contrato.

Mantener el estado del bien asegurado: este deber dispone que el asegurado o el tomador, según el caso, están obligados a mantener el estado del riesgo, o mejor, el estado del bien asegurado o estado del objeto del seguro, manteniendo su condición o situación en forma similar a como estaba o se hallaba al momento de la contratación del seguro respectivo.

Gráfica No. 7. Obligaciones de las partes del contrato. Fuente : Creación propia

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Cumplir las garantías: “Se entenderá por garantía la promesa en virtud de la cual el asegurado se obliga a hacer o no determinada cosa, o a cumplir determinada exigencia, o mediante la cual se afirma o niega la existencia de determinada situación de hecho”49.

Características de la garantía: como la garantía conlleva una obligación hacia futuro y no implica una modificación al contrato de seguro, ésta debe constar por escrito y, tal como lo establece la Ley, “deberá constar en la póliza o en los documentos anexos a ella”.

Clases de garantía: recuerde que son varios los tipos de garantías que existen, como las siguientes:

• Instalar extintores o hidrantes, colocar un muro cortafuego, etc.
• Cumplir la exigencia de mantener los equipos electrónicos con cortapicos de voltaje, puesta a tierra, existencia de pararrayos, etc.

• Garantía de mantener en buen estado las instalaciones del edificio, las maquinarias y equipos.

• Mantener suscrito y...

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