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Algunas consideraciones sobre la protección de derechos constitucionales dentro de estructuras procesales prediseñadas

AutorJavier Darío Pabón Reverend
Cargo del AutorAbogado de la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Penal de la misma universidad
Páginas324-344
324
Algunas consideraciones sobre la protección de
derechos constitucionales dentro de estructuras
procesales prediseñadas
Javier Darío Pabón Reverend*
Introducción
La Ley 906 de 2004, mediante la cual se expidió el Código de Procedimiento
Penal, hoy vigente en todo Colombia, en su momento fue considerada por mu-
chos –y para algunos todavía resulta vigente la apreciación– como la respuesta
frente a un sistema procesal obsoleto e inoperante, como era el reglado por la
Ley 600 de 2000. La introducción de un sistema procesal de corte adversarial
y de tendencia acusatoria dio lugar al rediseño de figuras procesales arraigadas
de tiempo atrás, con miras a una justicia pronta y eficaz en materia penal.
Poco tiempo después de haber sido expedido el nuevo código, se formu-
laron múltiples demandas de inconstitucionalidad contra diversos artículos del
nuevo estatuto procesal, y en algunos casos contra la totalidad del articulado.
Entre los fundamentos más relevantes de algunas de estas demandas se esgrimió
la evidente falta de garantías procesales para las víctimas, quienes habrían de
depender totalmente de la labor que ejerciera la Fiscalía a nivel investigativo
y como sujeto procesal ante el juez, si hubiere lugar a dar inicio a la etapa de
juzgamiento. La Corte Constitucional se vio enfrentada a un dilema importante,
como era la salvaguarda de los derechos de las víctimas y a la preservación de
un estatuto procesal, protegiendo sus rasgos característicos.
Las sentencias C-1154 de 2005 (relacionada con la decisión de la Fiscalía
de archivar las diligencias) y C-454 de 2006 (relacionada con la posibilidad que
tienen los apoderados de las víctimas de presentar solicitudes probatorias) son
producto del debate atrás reseñado. La Corte retomó la discusión en sentencia de
* Abogado de la Universidad del Rosario. Especialista en Derecho Penal de la misma universidad.
Se ha desempeñado como profesor asistente de la cátedra de Derecho Penal General. Es profesor
asistente de Teoría del Delito y de la Pena, en pregrado, y titular de Cooperación Judicial Internacional
en el posgrado de Derecho Penal, en la Universidad del Rosario. Autor del libro titulado La entrega
en el contexto de la Corte Penal Internacional: ¿hacia un nuevo concepto de extradición? Trabaja
como abogado litigante y consultor en su oficina jurídica particular en Bogotá, D.C.
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2007, en la que realizó un estudio de las principales consideraciones contenidas
en sus propias decisiones, y esbozó la dificultad, que aquí se ha puesto de
presente, en los siguientes términos:
6.5. De conformidad con lo anterior, es posible concluir que los derechos de
la víctima del delito a la verdad, la justicia y la reparación integral también
se encuentran protegidos en el sistema penal con tendencia acusatoria
instaurado por la Ley 906 de 2004, pero dicha protección no implica un
traslado automático de todas las formas y esquemas de intervención en los
que la víctima ejerció sus derechos en el anterior sistema procesal penal
regulado por la Ley 600 de 2000, sino que el ejercicio de sus derechos
deberá ha cerse de manera com patible co n los rasgos estruct urales y las
caract erísticas ese nciales de este nu evo siste ma procesal, así como con
las definiciones que el propio constituyente adoptó al respecto, v.gr, carac-
terizar a las víctimas como intervinientes especiales a lo largo del proceso
penal, no supeditadas al fiscal, sino en los términos que autónomamente
fije el legislador (artículo 250, numeral 7 C.P.).1
En efecto, en dicha decisión la Corte Constitucional reconoce la existencia
de una serie de facultades procesales que la víctima puede ejercer dentro del
proceso penal, aún más allá de lo expresado por la ley. Independientemente
de las opiniones que le merezca a la comunidad académica el resultado
específico del estudio realizado por el máximo órgano en materia de jurisdicción
constitucional para cada una estas decisiones, en cuanto al rol que la víctima
adquiere en el proceso penal, jurídicamente resulta indispensable identificar una
serie de elementos que permiten proyectar el alcance de la posición asumida
por la Corte, y sus implicaciones macrojurídicas, en el escenario propio del
derecho procesal.
Es evidente que el derecho colombiano está sufriendo cambios estruc-
turales importantes. La preponderancia que alguna vez tuviera la ley dentro del
ordenamiento jurídico y sus implicaciones en materia de seguridad jurídica, se
ha visto relegada por el dinámico auge de la Constitución como norma primaria
1 Colombia, Corte Constitucional, Sentencia C-209 de 2007, M. P. Manuel José Cepeda Espinosa.

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