El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, su constitucionalidad y validez a la luz de los instrumentos internacionales sobre protección de la niñez - Núm. 122, Enero 2011 - Revista Vniversitas - Libros y Revistas - VLEX 379988310

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, su constitucionalidad y validez a la luz de los instrumentos internacionales sobre protección de la niñez

AutorAndrés Fernando Ruiz-Hernández
CargoAbogado Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC; especialista en Derecho Constitucional, Universidad Nacional de Colombia
Páginas335-361

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ISSN:0041-9060

El SiStEma dE rESponSabilidad pEnal para adolEScEntES, Su conStitucionalidad y validEz a la luz dE loS inStrumEntoS intErnacionalES

SobrE protEcción dE la niñEz*

thE SyStEm of criminal liability for adolEScEntS, conStitutionality and validity in liGht of intErnational inStrumEntS on protEction of childrEn

Andrés Fernando Ruiz-Hernández**

Fecha de recepción: 4 de junio de 2010 Fecha de aceptación: 18 de febrero de 2011

para citar este artículo / to cite this article

Ruiz-Hernández, Andrés Fernando, El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, su constitucionalidad y validez a la luz de los instrumentos internacionales sobre protección de la niñez, 122 Vniversitas, 335-362 (2011).

SICI: 0041-9060(201106)60:1222.0.TX;2-6

* Artículo realizado dentro de la línea de investigación de Derecho Penal y Constitución del grupo de investigación Reconciliación con la Dignidad y la Justicia - Red Humana, semillero de investigación Juan Fernández-Carrasquilla, de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC, Tunja.

** Abogado Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC; especialista en Derecho

Constitucional, Universidad Nacional de Colombia; magíster en Derecho Comercial, Universidad Externado de Colombia; estudios de maestría en Derecho Penal, Universidad Libre; diplomado en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, Convenio Quinta Brigada del Ejército Nacional y la Universidad Autónoma de Bucaramanga; diplomado en Control, Investigación y Judicialización del Narcotráico, Convenio Oicina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, UNODC, y la Universidad Santo Tomás de Bogotá. Docente Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, UPTC; Universidad de Boyacá, UniBoyacá y Universidad Industrial de Santander, UIS. Actualmente, juez promiscuo municipal de Muzo, Boyacá. Tunja, Colombia. Contacto: afrh80@yahoo.com.

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rESumEn

El Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, su constitucionalidad y validez a la luz de los instrumentos internacionales sobre protección de la niñez es producto de una relexión teórica que tiene por objeto desnudar las falencias que, a la luz de un análisis constitucional y de los principales instrumentos internacionales sobre esa materia, presenta el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, consagrado en la Ley 1098 de 2006. El texto pretende demostrar las fallas que presenta el sistema y que derivan no solo en situaciones de inconstitucionalidad con ocasión de la violación de determinados derechos fundamentales a los menores sujetos de ese procedimiento, sino que deja entrever la ausencia de aplicación material de los instrumentos internacionales que sobre aplicación de justicia punitiva para menores de edad han sido reconocidos por la mayoría de los estados democráticos y las consecuencias de esa inaplicación e inobservancia, para concluir acerca de la imperiosa necesidad de replantear el sistema y dar prioridad a una política de prevención que incluya una política criminal garantista para menores de edad.

Palabras clave autor: Menores, inconstitucionalidad, derechos, responsabilidad, pena, sanción.

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ABSTRACT

The System of Criminal Liability for Teenagers, their Constitutional and Validity in the light of International Instruments on Protection of Children is a product of a theoretical relection which aims to lay bare de failures that occur within the system of criminal responsibility enshrined teen in the law 1098 of 2006 in the light of a constitutional analysis of the major international on the subject. The text seeks to demonstrate the weaknesses in the system and derive not only in situations of unconstitutionality on the occasion of the violation of certain fundamental rights of children subject to this procedure but suggests the absence of material implementation of international instruments on application of punitive justice for minors have been recognized by the majority of democratic states and the consequences of such a derogation and disregard concluding about the urgent need to rethink the system by giving priority to prevention policy that includes a criminal policy for minors.

Key words author: Children, Unconstitutionality, Rights, Liability, Penalty, Punishment.

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introducción

Por lo general, cuando un Estado cambia su Constitución Política, está ávido de una reingeniería institucional que se dirija al cumplimiento de los ines y objetivos que, justamente, están plasmados en esa carta constitucional. Colombia no es la excepción y la metamorfosis estatal experimentada con ocasión de la entrada en vigencia del Estado Social y Democrático de Derecho, consagrado como modelo de Estado en la Constitución Política de 1991, implicó que se replantearan no solo los objetivos y ines estatales sino los medios para lograrlos. Uno de los cambios introducidos por la naciente Carta Constitucional de 1991 fue amparar de forma especial a la niñez al consagrar en el artículo 44 superior que los derechos de los niños gozan del rango de fundamentalidad, es decir, la norma implica “ una protección especialísima por parte del constituyente 1 que se hace tangible en dos sentidos, a saber: (i) el contenido del artículo 44 no es cosa distinta que la positivización en la Carta Constitucional de toda la carga principialista contenida en la Convención de los Derechos del Niño y (ii) si bien es cierto que el artículo 44 se encuentra contenido en el capítulo II del título II de la Constitución, es decir, entre los derechos sociales, económicos y culturales, es claro –y ha sido una discusión afortunadamente superada– que los derechos de los niños gozan del rango de fundamentalidad por su calidad de población de especial protección por parte del Estado y por mención expresa del artículo 44, ya que el objetivo es no solo lograr la enunciación de una carga de derechos a favor de los menores, sino que, con su consagración de fundamentalidad, se persigue su materialidad.

Así, la entrada en vigencia del nuevo texto constitucional demandó la actualización del régimen jurídico de juzgamiento penal de los menores de edad, el cual se hallaba previsto en el Decreto 2737 de 1989 o Código del Menor. Esta actualización solo se realizó en 2006 con la expedición de la Ley 1098 o Código de la Infancia y la Adolescencia, es decir, que el régimen del Código del Menor estuvo vigente durante quince años desde la entrada en vigencia de la nueva Constitución, pese a que la estructura de aquel no se compadecía con los ines y objetivos de esta última y pese a que los destinatarios son población de especial protección por parte del Estado, como ya se ha mencionado.

El Código de la Infancia y la Adolescencia en su libro segundo consagra el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA, el cual se desarrolla adjetivamente bajo los parámetros de la Ley 906 de 2004 o Código de Procedimiento Penal, por expreso mandato del artículo 144 de la Ley 1098 de

1 Corte Constitucional, Sentencia T-278/94, 15 de junio de 1994. Magistrado ponente Hernando

Herrera-Vergara. Disponible en: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1994/T-278-94. htm.

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EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES

2006, lo que implica que el proceso penal que tenga como sujeto pasivo a un menor de edad deberá seguirse bajo las pautas del sistema acusatorio lo que equivale a decir que le son aplicables las reglas procesales que se les aplican a los adultos. Por ello, la pregunta obligada es: ¿es constitucional el procedimiento aplicado en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, SRPA? La respuesta es negativa y las razones para ello son las siguientes:

i. aplicación dE procEdimiEntoS ESpEcialES En El JuzGamiEnto dE loS mEnorES dE Edad

Una de las primeras perversiones del sistema de juzgamiento de los menores de edad en Colombia es la homologación procesal que impone la Ley 1098 de 2006, cuando reseña que el procedimiento aplicable en los casos en los cuales el procesado sea un menor de edad es el mismo que se aplica para los adultos, esto es, el procedimiento penal consagrado en la Ley 906 de 2004. Si bien la idea del legislador es permitir que los procesos en los cuales se pretenda determinar la responsabilidad penal de un menor de edad cuenten con los mismos términos expeditos del procedimiento ordinario, ello no es necesariamente garantía de una correcta administración de justicia toda vez que no puede difuminarse la calidad del sujeto objeto del proceso so pretexto de la necesidad de eiciencia en la evacuación de esa clase de procedimientos.

Al respecto, hay dos puntos claves para resaltar el porqué la concepción actual del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes cuenta con serios vicios de inconstitucionalidad: el primero de ellos es el hecho de que instrumentos internacionales que versan de forma concreta sobre el tema –como las Reglas de Beijing–2

expresamente se pronuncian sobre la necesidad de contar con normas no solo procesales sino sustantivas que sean aplicables única y exclusivamente al juzgamiento de las personas menores de edad; así pues, es necesario citar la regla 2.3:

2.3 En cada jurisdicción nacional se procurará promulgar un conjunto de leyes, normas y disposiciones aplicables especíicamente a los menores delincuentes, así como a los órganos e instituciones encargados de las funciones de ...

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