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Contenido completo del dia 12 de Abril de 2019

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6535
ALCALDE MAYOR Enrique Peñalosa Londoño
ISSN 0124-0552
Director
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital
REGISTRO DISTRITAL - BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) AÑO 51 - No. 6535 - Pp 1 - 117 - 2019 - ABRIL - 12
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6535 • pP. 1-1 • 2019 • ABRIL 12
AÑO 51
Número 6535
2019 AbRil 12
REGISTRO
DISTRITAL
RESOLUCIONES DE 2019
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
Resolución Número 857
(Abril 1 de 2019)
“Por la cual se crea el Comité Institucional
de Gestión y Desempeño de la Secretaría de
Educación del Distrito”.
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
En uso de sus facultades legales, en especial las
que le conere el artículo 2.2.22.3.8 del Decreto
1499 de 2017, en concordancia con lo dispuesto
en el artículo 9 del Decreto Distrital 591 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, por la cual
se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018
“Todos por un nuevo país”, integró en un solo Sistema
de Gestión los sistemas de Desarrollo Administrativo
y de Gestión de la Calidad, previstos en las leyes 489
de 1998 y 872 de 2003, respectivamente.
Que el Decreto Nacional 1499 de 2017 modicó el
Decreto Único Reglamento del Sector Función Pública
1083 de 2015, actualizando el Modelo Integrado de
Planeación y Gestión.
Que el artículo 2.2.22.3.4 ibídem, establece que el
Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG
se adoptará por los organismos y entidades de los
órdenes nacional y territorial de la Rama Ejecutiva del
Poder Público.
Que el artículo 2.2.22.3.1 del referido Decreto, adopta
la versión actualizada del Modelo Integrado de Planea-
ción y Gestión – MIPG con el n de lograr el funciona-
miento del Sistema de Gestión y su articulación con
el Sistema de Control Interno.
Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –
MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear,
ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la
gestión de las entidades y de los organismos públi-
cos, con el n de generar resultados que atiendan los
planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y
problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad
en el servicio, en los términos del artículo 2.2.22.3.2
del Decreto 1499 de 2017.
Que el Artículo 2.2.22.3.8 ejusdem dispone que cada
una de las entidades integrará un Comité Institucional
de Gestión y Desempeño encargado de orientar la
implementación y operación del Modelo Integrado
de Planeación y Gestión - MIPG, el cual sustituirá los
demás comités que tengan relación con el Modelo y
que no sean obligatorios por mandato legal.
Que acorde con lo denido, el Comité Institucional de
Gestión y Desempeño debe incluir todos los temas
que atiendan la implementación y desarrollo de las
políticas de gestión denidas en el Modelo Integrado
de Planeación y Gestión - MIPG, por lo tanto, aquellos
comités que no estén estipulados en leyes o normas
con fuerza de ley serán absorbidos por éste y aquellos
comités de carácter obligatorio, es decir los exigibles
en alguna norma especíca, se mantendrán.
Que las funciones de los comités integrados, deberán
quedar contenidas dentro del Comité Institucional
de Gestión y Desempeño, es importante que dentro
del Comité Institucional de Gestión y Desempeño se
establezca una función para que sea posible conocer
los avances de las actividades en los temas de su
competencia y para la toma de decisiones, así como
aquellas otras funciones que atiendan la implementa-
ción y operación del Modelo Integrado de Planeación
y Gestión - MIPG, y su sostenimiento a largo plazo.
Que la misma norma establece que en el orden terri-
torial, el Comité será conformado por el representante
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legal de cada entidad y será presidido por un servidor
del más alto nivel jerárquico, e integrado por servidores
públicos del nivel directivo o asesor, advirtiéndose que
según el tema a tratar podrán ser invitados además de
servidores públicos, los contratistas o expertos internos
o externos a la entidad que a bien tenga el Comité.
Que el artículo 2.2.23.1 del Decreto Nacional 1499 de
2017 señala que el Sistema de Control Interno previsto
en las leyes 87 de 1993 y 489 de 1998 se articulará al
Sistema de Gestión en el marco del Modelo Integra-
do de Planeación y Gestión – MIPG, a través de los
mecanismos de control y vericación que permiten el
cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados
de las entidades.
Que mediante el artículo 1 del Decreto Distrital 591
de 2018, se adoptó para el Distrito Capital el Modelo
Integrado de Planeación y Gestión – MIPG “(…)como
marco de referencia para el ajuste del diseño, la imple-
mentación y la mejora continua del sistema Integrado
de Gestión Distrital – SIGD, con el n de fortalecer los
mecanismos, métodos y procedimientos de gestión
y control al interior de los organismos y entidades
del Distrito Capital y adecuar la institucionalidad del
sistema y de las instancias correspondientes con el
modelo nacional”..
Que de conformidad con lo establecido en el artículo
9° del Decreto Distrital 591 de 2018, los Comités Insti-
tucionales de Desarrollo Administrativo creados en las
entidades del Distrito Capital o aquellos que hagan sus
veces, se denominarán en adelante Comités Institucio-
nales de Gestión y Desempeño, y estarán encargados
de orientar la implementación del Sistema Integrado
de Gestión Distrital y la operación del Modelo Integra-
do de Planeación y Gestión – MIPG en su respectiva
entidad. Estos comités sustituirán los demás comités
que tengan relación con el Sistema Integrado de Ges-
tión Distrital y que no sean obligatorios por mandato
legal. Los Comités de Dirección o de Gerencia de las
entidades del sector central, descentralizado y local,
deberán adaptar su organización y funcionamiento
para cumplir las funciones de los Comités Instituciona-
les de Gestión y Desempeño, para tal efecto, deberán
ajustar sus reglamentos internos.
Que, en cumplimiento de las disposiciones legales
enunciadas, es necesario crear e integrar el Comité
Institucional de Gestión y Desempeño de la Secretaría
de Educación del Distrito, jar su reglamento y demás
parámetros para su adecuado funcionamiento, situa-
ción que necesariamente implica la revisión, deroga-
toria o vigencia de los actos administrativos expedidos
por la entidad de cara a los temas competencia del
Comité Institucional de Gestión y Desempeño.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
CAPÍTULO 1
Disposiciones Generales
ARTÍCULO 1. Creación del Comité Institucional de
Gestión y Desempeño. Créase el Comité Institucional
de Gestión y Desempeño de la Secretaría de Educa-
ción del Distrito.
PARÁGRAFO. Este comité sustituirá los demás co-
mités que tengan relación con el Modelo Integrado de
Planeación y Gestión – MIPG y que no sean obligato-
rios por mandato legal.
ARTÍCULO 2. Naturaleza del Comité Institucional
de Gestión y Desempeño. El Comité Institucional de
Gestión y Desempeño es la instancia encargada de
orientar, articular y ejecutar las acciones y estrategias
para la correcta implementación, operación, desarro-
llo, evaluación y seguimiento del Modelo Integrado
de Planeación y Gestión – MIPG, en la Secretaría de
Educación del Distrito.
CAPÍTULO 2
Responsables de la implementación del Modelo
Integrado de Planeación y Gestión – MIPG.
ARTÍCULO 3. Responsables del Sistema Integrado
de Gestión Distrital. La responsabilidad de la imple-
mentación, desarrollo, control y mejora del Sistema
Integrado de Gestión Distrital y su marco de referencia
Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG, en
la Secretaría de Educación del Distrito, se encuentra
a cargo de los siguientes servidores públicos:
1. El representante legal de la entidad dirige el Sis-
tema Integrado de Gestión Distrital - SIGD y es el
responsable de liderar y orientar la implementa-
ción del Modelo Integrado de Planeación y Ges-
tión -MIPG y de gestionar los medios y recursos
necesarios para tal n.
2. Los líderes de proceso (Despacho, Subsecreta-
rías, Ocinas Asesoras, Direcciones y Ocinas de
área), dentro del rol que les corresponde, deben
liderar, impulsar, apoyar, evaluar y hacer segui-
miento al cumplimiento del Sistema Integrado de
Gestión Distrital y su marco de referencia - MIPG,
en concordancia con sus competencias y nivel de
responsabilidad, así como generar las recomen-
daciones de mejoramiento pertinentes.
3. La Ocina Asesora de Planeación, es la encargada
de coordinar, orientar y promover la articulación
de los actores institucionales para la óptima im-

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