CONTRATO 3 RD2487 - 4 de Octubre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449418094

CONTRATO 3 RD2487

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2487 4 OCTUBRE 2001
EmisorAlcaldia Local de Bosa
70 Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2487 Pp. 1-70
2.001-Octubre-4
Año 35
DINADORA CADE, deberá proceder en forma inmediata
a implementar los programas de contingencia definidos
previamente con ellos. 6. Velar por la presentación y el
estado del espacio físico y sus componentes, la calidad de
la información y la continuidad del servicio, procurando
siempre dar la mejor imagen de la DEFENSORÍA DEL
ESPACIO PÚBLICO. CUARTA.- CUMPLIMIENTO: La Uni-
dad Coordinadora del Programa CADE será la encargada
de cumplir con las obligaciones que le imponga a la
Secretaría General el presente Convenio. QUINTA. -
DURACIÓN: El término del presente Convenio tendrá una
duración de dos (2) años, contados a partir de la suscrip-
ción del ACTA DE INICIACIÓN, prorrogables
automáticamente. En el evento de que alguna de las
partes quiera dar por terminado el presente Convenio,
deberá dar aviso, por escrito, con noventa días de
anticipación a la fecha de terminación. SEXTA. - DOMI-
CILIO: Para todos los efectos de este convenio las partes
acuerdan como domicilio la Ciudad de Bogotá. SÉPTIMA.-
PERFECCIONAMIENTO: El presente Convenio se perfec-
ciona con la firma de las partes. PARÁGRAFO PRIMERO:
Una vez la DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO haya
dispuesto lo necesario para la ejecución del Convenio
conforme a las partes, suscribirán el acta de iniciación
para cuyos efectos actuará en nombre de la Secretaría
General, el Gerente del Programa CADE, y en representa-
ción de la Entidad Participante, el Gerente Comercial o
quien haga sus veces. PARÁGRAFO SEGUNDO: La SE-
CRETARIA GENERAL delegará al Gerente del Programa
CADE para suscribir el acta de iniciación y ejercer la
vigilancia del Convenio. OCTAVA CAUSALES DE TERMI-
NACIÓN: El presente Convenio podrá terminarse por
voluntad mutua de las partes, por el incumplimiento de las
obligaciones por parte de alguna de ellas y por el venci-
miento del termino estipulado. NOVENA - MECANISMOS
DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS. Este Convenio se regirá
por lo dispuesto en el Capítulo VIII de la Ley 80 de 1993,
y demás normas que regulen expresamente la materia.
DÉCIMA - DOCUMENTOS: Forman parte integrante del
Convenio los siguientes documentos: a) Decreto de
nombramiento y acta de posesión de la Secretaria Gene-
ral. b) Las actas que se generen durante su vigencia.
DÉCIMA PRIMERA - PUBLICAClÓN: El presente Convenio
será publicado por la SECRETARÍA GENERAL en el
Registro Distrital.
En constancia de lo anterior se firma en Bogotá, D.C., a
los veintitrés (23) días del mes de agosto del año dos mil
uno (2001).
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
LILIANA CABALLERO DURÁN
Secretaria General
DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO
DIANA MARGARITA BELTRÁN GÓMEZ
Directora.
Contratos de 2001
CONTRATO DE DONACION No. 3 DEL 2.001
POR MEDIO DEL CUAL EL FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE BOSA ENTREGA EN DONACIÓN A LA SECRE-
TARIA DE EDUCACIÓN CON DESTINO EXCLUSIVO A
LOS CED VILLAS DEL PROGRESO, PABLO DE TARSO,
LA CONCEPCIÓN, LUIS H. PEREA, NUEVA ISLANDIA,
LOS NARANJOS, BOSA NOVA Y LOS LAURELES DE LA
LOCALIDAD SÉPTIMA DE BOSA, LOS BIENES DESCRI-
TOS EN LA CLAUSULA TERCERA.
Entre los suscritos LUZ STELLA CASAS DE KUAN, mayor
de edad y vecina de Santa Fe de Bogotá DC, identificada
con cédula de ciudadanía No. 41556.111 de Bogotá, en
su calidad de Alcalde Local de Bosa según Decreto de
nombramiento No. 485 del 15de Mayo de 1.998 y acta
de posesión No. 193 del 22 de Mayo de 1.998, cuya
delegación ha sido conferida por el representante legal de
los FONDOS DE DESARROLLO LOCAL DEL DISTRITO
CAPITAL para suscribir el presente contrato de
quien para efectos del presente contrato se denominará
EL DONANTE por una parte, y por la otra CECILIA MARIA
VELEZ WHITE, mayor de edad y vecina de Bogotá DC
identificada con Cedula de Ciudadanía No. 32489.688
de Medellín, en su calidad de Secretaria de Educación del
Distrito Capital de Bogotá, cargo para el cual fue nombra-
da mediante Decreto 033 del 14 de Enero de 1.998,
debidamente posesionada de acuerdo con el Acta No.
029 del 15 de Enero de 1.998, quien en adelante se
denominará EL DONATARIO, hemos acordado celebrar el
presente Contrato de Donación, previas las siguientes
consideraciones: PRIMERA: Que el Fondo de Desarrollo
Local de Bosa para la vigencia fiscal correspondiente al
Año 2.000, solicitó a la UEL de la Secretaria de Educación
adelantar los trámites necesarios para llevar a cabo la
contratación correspondiente al Proyecto No. 938 deno-
minado Adquisición de Elementos Deportivos con desti-
no a diferentes CED de la Localidad de Bosa. SEGUNDO:
Que en tal virtud la UEL de la Secretaria de Educación
suscribió el Contrato de Compraventa No. UEL SED 07-
050-00-00 con la firma Casa Olímpica Ltda para transferir
a título de venta material, real y efectiva elementos
deportivos con destino a diferentes CED de la Localidad.
TERCERO: Que el presente contrato se celebra teniendo
en cuenta el concepto dado por el Contador General de
Bogotá DC de fecha Marzo 23 del 2.001, el cual se anexa
a este instrumento contractual. CUARTO: El presente
contrato se regirá por las disposiciones que regulan la
materia en el Código Civil Colombiano, la Ley 80 de
1.993, Capítulo V Numeral 3.2 y siguientes de la Reso-
lución No. 989 del 25 de Noviembre de 1.995 expedida
por la Secretaria de Hacienda Distrital, el Decreto No. 955
del 2.000, y en particular por las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OFRECIMIENTO DE LA DONACIÓN: EL FON-
DO DE DESARROLLO LOCAL DE BOSA, manifiesta por el
presente escrito el ofrecimiento formal de entregar a la
SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO, a título de
Donación Irrevocable los bienes muebles y elementos de

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