CONTRATO DE COMODATO 074 RD2587 - 1 de Marzo de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449159294

CONTRATO DE COMODATO 074 RD2587

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2587 1 MARZO 2002
EmisorAlcaldia Local de Engativa
24 Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2587 Pp. 1-24
2.002-Marzo-1
Año 36
en COMODATO. Para tal efecto, EL COMODATARIO
deberá permitir la inspección de los bienes por parte del
supervisor, en forma fácil y expedita. CLAUSULA OCTA-
VA: RENDICIÓN DE INVENTARIO: Cada tres (3) meses
el COMODATARIO deberá presentar un informe al super-
visor acerca de la pérdida o daño y/o estado en que se
encuentran los bienes dados en comodato, con el fín de
que el COMODANTE efectúe un juicio de responsabilidad
y de que se recaude , el valor del bien perdido o del daño
ocasionado, a fin de destinarlo a la reposición del mismo
. CLAUSULA NOVENA: VALOR DE LOS BIENES: EL
COMODATOARIO, conjuntamente con el COMODANTE,
estima el valor de los bienes en CUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS SESEN-
TA Y UN PESOS CON 60/100 MONEDA CORRIENTE
($4.416.561.60), suma que deberá pagar el
COMODATARIO al COMODANTE si el COMODANTE,
ejerce la facultad que en su favor establece el artículo 2203
del Código Civil, según la cúal puede abandonar la
propiedad de la cosa a favor del COMODATARIO cuando
los bienes se deterioren de tal manera que no pueda
emplearse en su uso ordinario. CLAUSULA DECIMA:
PERFECCIONAMIENTO Y PUBLICACIÓN.- El presente
contrato se perfecciona con las firmas de las partes. Así
mismo deberá publicarse un extracto del mismo en la
Imprenta Distrital por parte de COMODATARIO. CLAUSU-
LA DECIMA PRIMERA: En caso de que se de a los bienes
entregados en comodato uso diferente al estipulado en
este COMODATO, Este hecho dará derecho al
COMODANTE de exigir inmediatamente la devolución de
los bienes entregados, y por ende terminación del
contrato. CLAUSULA DECIMO SEGUNDA: DOCUMEN-
TOS QUE HACEN PARTE DEL PRESENTE CONTRATO:
A) Copia De la Salida de Almacén; b) Copia de la
Certificación del 3 de octubre del 2001 emitido por el
asesor Jurídico de la Alcaldía Local de Engativa y c)
Decreto de nombramiento y Acta de posesión del Alcalde
Local. CLAUSULA DECIMA TERCERA. DOMICILIO CON-
TRACTUAL: para todos los efectos legales del presente
contrato, las partes acuerdan como domicilio contractual
la ciudad de Bogotá, D.C. , Así todas las notificaciones e
información las recibirá el COMODATARIO en la Carrera
103D NO. 86 56 , y el COMODANTE en la calle 71
No. 73 A 44. En constancia se firma n la ciudad de
Bogotá a los veintiún (21) días del mes de febrero del año
dos mil dos (2.002).
CESAR OROZCO ORTEGA
Alcalde Local de Engativa
Comodante
ALICIA HERRERA CANO
Administradora Conjunto Residencial
Bolivía Oriental II Etapa Manzana H
Comodatario.
CONTRATO DE COMODATO No. 074 DEL 2002
SUSCRITO ENTRE EL FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE ENGATIVA Y LA JUNTA DE DEFENSA
CIVIL DEL BARRIO LAS FERIAS
VALOR de los Bienes dados en Comodato $ 10.183.640
Entre los suscritos a saber, CESAR CONSTANTINO
OROZCO ORTEGA, mayor edad, vecino de esta ciudad e
identificado con cédula de ciudadanía No. 79.052.056
expedida en Engativa, obrando en calidad de Alcalde Local
de Engativá, según Decreto de nombramiento No. 319 del
24 de Abril del 2.001, conforme a la delegación estipu-
lada en el numeral 5o. del Decreto 176 del 10 de Febrero
de 1.998, suscribe el presente contrato, quien en adelante
se denominará EL COMODANTE por una parte, y por la
otra, el señor VÍCTOR JULIO CASTRO CABRERA, tam-
bién mayor de edad, vecino de Bogotá, e identificado con
la cédula de ciudadanía No. 19.146.882 expedida en
Bogotá, quien en virtud de su cargo: Presidente de la
Junta de Defensa Civil del Barrio Las Ferias, quien obra en
nombre y representación de la JUNTA DE DEFENSA CIVIL
DEL BARRIO LAS FERIAS, según consta en la Certifica-
ción SEBTA 199 del 30 de Abril del 2001, emitida por el
Director Seccional Defensa Civil Santa Fe de Bogotá y
quien para efectos del presente contrato se denominará EL
COMODATARIO, hemos acordado suscribir el presente
contrato de comodato que se regirá por las siguientes
cláusulas: CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO: EL
COMODANTE entrega al COMODATARIO y éste recibe,
a título de comodato o préstamo de uso con carácter
gratuito, los bienes que se entran a relacionar:
DESCRIPCION CANT.VALOR UNITARIO VALOR TOTAL
Motobomba a gasolina, marca Suzuki
13.382.560 3.382.560
Planta Eléctrica, marca Honda 15.469.400 5.469.400
Camillas miller 4332.920 1.331.680
TOTAL CONTRATO DE COMODATO 10.183.640
Los bienes descritos pertenecen al COMODANTE. CLAU-
SULA SEGUNDA.: LOCALIZACION DE LOS BIENES.- Los
bienes descritos en la cláusula anterior deberán permane-
cer durante la vigencia del presente contrato en la sede del
Comodatario, es decir en la Calle 72 A No. 61 - 06, en la
ciudad de Bogotá D.C. EL COMODATARIO no podrá
cambiar el sitio de ubicación de los bienes entregados en
comodato sin la previa y escrita autorización del
COMODANTE. CLAUSULA TERCERA: USO AUTORIZA-
DO.- EL COMODATARIO podrá utilizar los bienes objeto
de este contrato única y exclusivamente con destino y uso
de la Junta de Defensa Civil del Barrio Las Ferias.
CLAUSULA CUARTA. OBLIGACIONES DEL
COMODATARIO: Constituyen las obligaciones especiales
del COMODATARIO las siguientes: a) Cuidar y mantener
los bienes recibidos en comodato, respondiendo por todo
daño o deterioro que sufran, salvo los que se deriven del
uso autorizado en la cláusula anterior. EL COMODATARIO

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