CONTRATO DE COMODATO 0107 RD2582 - 22 de Febrero de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449166582

CONTRATO DE COMODATO 0107 RD2582

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2582 22 FEBRERO 2002
EmisorAlcaldia Local de Ciudad Bolivar
51
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2582 Pp. 1-51
2.002-Febrero-22
Año 36
Y/O SUPERVICION, debe presentar solicitud en tal
sentido a la Oficina Jurídica, dentro de los tres (3) meses
siguientes a la fecha de terminación, anexando: i) estado
de cuenta, ii) certificado de ejecución final de contrato, iii)
informe final de ejecución y iv) proyecto de acta de
liquidación. La liquidación se efectuará de común acuerdo
dentro de los tres (3) meses siguientes a los tres (3)
anteriormente señalados. Si vencido este plazo EL
CONTRATISTA no se presenta a la liquidación, o las
partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la
misma, será practicada directa y unilateralmente por EL
FONDO y se adoptará por Acto Administrativo motivado,
susceptible del recurso de reposición. VIGÉSIMA. - RELA-
CION LABORAL: EL FONDO no contrae por este contrato
ninguna obligación , vinculación o relación laboral con el
personal que labora en LA IPS. VIGÉSIMA PRIMERA. -
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL: La
responsabilidad por los perjuicios que puedan derivarse
de la atención prestada por LA IPS a los pacientes objeto
del presente contrato, será asumida única y exclusiva-
mente por LA IPS. VIGÉSIMA SEGUNDA. - DOCUMEN-
TOS: Forman parte integral del presente contrato los
siguientes documentos: 1) La disponibilidad presupuestal;
2) Los términos de referencia; 3) La propuesta de servi-
cios presentada por LA ESE en las partes aprobada por EL
FONDO; 4) El certificado de registro presupuestal. 5) El
concepto emitido por el grupo técnico conformado por las
Direcciones de Aseguramiento , Desarrollo de Servicios y
Salud Pública; 6) Los anexos 1, 2, 3, 4, 5 y 6; 7) Los
demás documentos que se produzcan durante del desa-
rrollo, ejecución y liquidación del presente contrato.
VIGÉSIMA TERCERA. - PERFECCIONAMIENTO: El pre-
sente contrato se perfecciona con la firma de las partes
y la existencia del registro presupuestal correspondiente.
VIGÉSIMA CUARTA. - ADECUADACION A LA LEGISLA-
CIÓN VIGENTE: En el caso que el Gobierno Nacional o la
autoridad competente expida norma que contraría la
normatividad vigente, las partes se comprometen a
efectuar las gestiones necesarias para su adecuación.
VIGÉSIMA QUINTA. - PRESCINDENCIA DE CLAUSULAS
EXCEPCIONALES: Por naturaleza de las entidades parti-
cipantes, el presente contrato está exento de garantías,
de cláusulas excepcionales, salvo la presentación de
copia de la póliza global de responsabilidad civil
extracontractual para clínicas y hospitales , vigente para
la presente anualidad fiscal. VIGÉSIMA SEXTA. - PUBLI-
CACIÓN Y GASTOS: Los gastos que impliquen la
legalización del presente contrato, serán sufragados por
LA IPS, dentro de estos gastos se obliga a acreditar la
publicación del presente contrato n gaceta Distrital,
dentro de los diez (10) días siguientes a su firma.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. - DOMICILIO: Para todos los efec-
tos legales se fija como domicilio contractual, la ciudad de
Bogotá D.C., donde las partes manifiestan haber leído
cuidadosamente el contenido del presente contrato y
estar de acuerdo con lo allí plasmado, para lo cual y en
constancia se firma, por quienes en ella participaron, 1
FEBRERO DE 2002
Por EL FONDO
JOSE FERNANDO CARDONA URIBE
Director Ejecutivo
Por LA IPS
HECTOR J. QUIÑÓNES ALBARRACIN
Gerente
CONTRATO DE COMODATO 0107/2001
ENTRE EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE
CIUDADAD BOLIVAR Y LA JUNTA DE ACCION
COMUNAL DEL BARRIO MEISSEN
Entre los suscritos a saber, JESUS BAYRO MUÑOZ
FELIX, identificado con la C.C. No. 79.380.897 de
Bogotá, en su calidad de Alcalde Local y representante
legal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar,
según Decreto de Nombramiento No.262 del cinco (5) de
abril de 2001 y Acta de Posesión No. 099 del 16 de abril
de 2001, debidamente facultada de conformidad con la
conformidad con la Delegación conferida en virtud de lo
establecido en los Decretos No. 176 y 359 DE 1998, y
Decreto 258 de abril del 2000 expedido por la Alcaldía
Mayor, por una parte quien en adelante y para los efectos
del presente contrato se le denominara EL COMODANTE,
y por la otra LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DEL
BARRIO Meissen, personería jurídica reconocida median-
te resolución No. 0553 de 1967 y auto número de
reconocimiento 01357-2001 expedido por el DAACD y
representada legalmente por ARACELI GALINDO DE
MORENO, mayor de edad, vecina de esta ciudad, identi-
ficada con C.C. 20.283.041 de Bogotá (Cundi) quien
para efecto del presente contrato se denominará EL
COMODATARIO, hemos acordado celebrar el Negocio
Jurídico de CONTRATO DE COMODATO el cual se regirá
por lo contenido en las siguientes cláusulas y en lo no
previsto en ellas por las disposiciones legales aplicables
a la materia de que trata el presente contrato y en especial
por las estipulaciones contenidas en los Art. 2200 y
siguientes del Código Civil.
PRIMERA,- EL FONDO DE DESARROLLO LOCAL REPRE-
SENTADO por su ALCALDE LOCAL en su condición de
COMODANTE entrega los siguientes elementos que se-
rán destinados a la JUNTA DE ACCION DEL BARRIO
MEISSEN, correspondientes a las compraventas UEL
DAACD 19-081-00-00 del PROYECTO No. 2375, y la
compraventa especificados así.
Meissen CANTIDAD VALOR UNITARIO VALOR TOTAL
COMPUTADOR VERITON-ACER 5100P 800 M 13.300.000.00 3.300.000.00
MOL OFFICE PROFESIONAL 2000NL 11.024.420.00 1.024.420.00
IMPRESORA EPSON LQ 507E, MATRIZ DE PUNTO 1780.620.00 780.620.00
REGULADOR NICOMAR 146.460.00 46.460.00
FILTRO PROTECTOR 14" 19.200.00 9.200.00
VIRUSCAN SECURITY SUITE 26-50 174.980.00 74.980.00
FORRO PARA COMPTADOR DE CUATRO PIEZAS 14.600.00 4.600.00
TOTAL 5.240.280.00

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR