CONTRATO DE DONACION 002 RD2517 - 20 de Noviembre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449421222

CONTRATO DE DONACION 002 RD2517

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2517 20 NOVIEMBRE 2001
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
80 Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2517 Pp. 1-80
2.001-Noviembre-20
Año 35
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes
de noviembre del año dos mil uno (2001).
CÉSAR CONSTANTINO OROZCO ORTEGA
Alcalde Local de Engativá
ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBÓN
Decreto Local Número 26
(Noviembre 16 de 2001)
POR EL CUAL SE CONVOCA A SESIONES
EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA
ADMINISTRADORA LOCAL
El Alcalde Local de Fontibón en uso de sus
facultades legales y especialmente de las
conferidas por el artículo 71 del decreto-ley
1421 de 1993, y
CONSIDERANDO
Que en cumplimiento al articulo 33 del Decreto 1139
de 2000 Por el cual se reglamenta el proceso
presupuestal de los Fondos de Desarrollo Localse hace
necesario convocar a la Junta administradora Local J.A.L.
para dar tramite al proyecto de acuerdo Por el cual se
efectúa un traslado presupuestal para la vigencia fiscal
del 2.001 para su estudio y aprobación.
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Convocar a Sesiones Extraordi-
narias por el período comprendido entre el 19 al 24 de
Noviembre de 2001, con el fin de estudiar y aprobar el
proyecto de acuerdo Por el cual se efectúa un traslado
presupuestal para la vigencia del 2.001.
ARTICULO SEGUNDO: El presente decreto rige a partir
de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá a los dieciséis (16) días del
mes de Noviembre de 2001.
MILLER JOSE ROCHA FLOREZ
ALCALDE LOCAL DE FONTIBON.
Contratos de 2001
CONTRATO DE DONACIÓN No 002 DE 2.001,
CELEBRADO ENTRE EL FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE Y LA SECRETARIA
DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO.
Entre los suscritos ALVARO ACEVEDO LEGUIZAMON,
mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía
No 79.362.039 de Bogotá, quien obra en su condición
de Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe, según Decreto de
nombramiento No 444 de 1 de Junio de 2.001, y acta de
posesión de fecha 5 de Junio de 2.001, cuya delegación
ha sido conferida por el Representante Legal de los
Fondos de Desarrollo del Distrito Capital, de conformidad
con el Decreto No 176 de 1.998 y 955 de 2.000, para
suscribir el presente contrato de Donación, quien en
adelante y para los fines del presente contrato se deno-
minará EL DONANTE, FONDO DE DESARROLLO LOCAL
DE RAFAEL URIBE URIBE, de una parte, y de la otra,
CECILIA MARIA VELEZ WHITE, mayor de edad, quien se
identifica con la cédula de ciudadanía No 32.480.688 de
Medellín, en su calidad de Secretaria de Educación del
Distrito Capital, según Decreto de Nombramiento No 033
de 14 de enero de 1.998, debidamente posesionada
mediante acta No 029 de 15 de enero de 1.998, quien
actúa en éste contrato de conformidad con delegación
conferida por el Alcalde Mayor mediante Decreto No 258
de 2.000, y quien en adelante se denominará EL
DONATARIO, hemos convenido celebrar el presente
CONTRATO DE DONACIÓN el cual se regirá por las
disposiciones que en el asunto de la materia establece el
Estatuto de la Contratación Administrativa, y por el
manual de contabilidad financiera para el manejo de la
información financiera de las entidades que integran la
administración central y los fondos de desarrollo local,
adoptado por la Resolución No 989 de 25 de Noviembre
de 1.995 expedida por la Secretaría de Hacienda Distrital,
en lo relacionado al procedimiento para el manejo de las
donaciones, y además por las cláusulas que en adelante
se estipulan , previas las siguientes consideraciones : a)
que mediante contrato de compraventa No UEL-SED- No
121/2000 celebrado con la firma DIDÁCTICA Y RECUR-
SOS EDUCATIVOS, el Fondo de Desarrollo Local de
Rafael Uribe Uribe adquirió bienes con destino a centros
educativos de la Localidad, determinados en la cláusula
primera del presente contrato b) que se hace necesario
suscribir un contrato de donación de conformidad con lo
preceptuado por el Decreto 955 de 2.000, de manera que
las instituciones puedan hacer uso de los bienes: PRIME-
RA. OFRECIMIENTO DE LA DONACIÓN: El Fondo de
Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe en su calidad de
propietario de los bienes muebles, cuyas especificaciones
físicas, estado actual, cantidad y valor se encuentran
debidamente detallados en el inventario debidamente
realizado por la Oficina de Almacén del Fondo de Desarro-
llo Local de Rafael Uribe Uribe, según documento adjunto
y que forma parte integral del presente contrato, mani-

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