¿Si soy un contribuyente exento y no presento mi declaración del Impuesto de Industria y Comercio, cual es la sanción que puede imponerme la Administración tributaria Distrital por esa omisión?
Autor | Harold Ferney Parra Ortiz |
Páginas | 76-76 |
Cartilla Impuesto de Industria, Comercio y Avisos ICA76
(150) ¿Si no presento mi declaración del Impuesto de Industria y Comercio, que sanción
puede imponerme la Administración Tributaria Distrital por ese hecho?
En el evento de encontrar la administración tributaria omisión en la presentación de la
equivalente al cero punto uno por ciento (0.1%) de los ingresos brutos obtenidos en Bogotá
retardo desde el vencimiento del plazo para declarar hasta la fecha del acto administrativo
que impone la sanción. (.
DOCTRINA (D.D.I.)
JURISPRUDENCIA: (Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sentencia del 16 de febrero
de 2005, Exp. 01-0194, M.P. Stella Jeannette Carvajal Basto). Si no hay ingresos, la sanción es
sobre el patrimonio.
(151) ¿Si soy un contribuyente exento y no presento mi declaración del Impuesto
de Industria y Comercio, cual es la sanción que puede imponerme la Administración
tributaria Distrital por esa omisión?
no declarar, la sanción será equivalente a uno punto cinco (1.5 smdv) salarios mínimos
diarios vigentes al momento de proferirse el acto administrativo que impone la sanción por
cada mes o fracción de mes calendario de retardo. ($29.000 por mes o fracción año 2013).
JURISPRUDENCIA: (Consejo de Estado, Sentencia del 28 de junio de 2010, Exp. 17145, C.P.
William Giraldo Giraldo). Sanción por no declarar ICA.
(152) ¿Las sanciones por no declarar el Impuesto de Industria y Comercio tienen
algún tipo de rebaja?
Si, si dentro del término para interponer el recurso contra el acto administrativo mediante
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