Resolución número 2902 de 2014, por la cual se liquida, distribuye, asigna y ordena giro de recursos del Sistema de Monito-reo, Seguimiento, Controly Evaluación, incorporados al Presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio 2013-2014, en cumplimiento del parágrafo del artículo 2° de la Resolución número 1083 de marzo 12 de 2014. - 8 de Agosto de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 523722550

Resolución número 2902 de 2014, por la cual se liquida, distribuye, asigna y ordena giro de recursos del Sistema de Monito-reo, Seguimiento, Controly Evaluación, incorporados al Presupuesto del Sistema General de Regalías para el Bienio 2013-2014, en cumplimiento del parágrafo del artículo 2° de la Resolución número 1083 de marzo 12 de 2014.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín49237

La Directora del Departamento Nacional de Planeación, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren el numeral 4 del artículo , artículos 100 y 105 de la Ley 1530 de 2012 y en desarrollo del artículo 33 del Decreto número 414 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 105 de la Ley 1530 de 2012, señala que con el propósito de promover el principio de buen gobierno en la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías (SGR), se podrá establecer un esquema de incentivos sustentados en la eficiencia y eficacia en la ejecución de los recursos;

Que la Directora del Departamento Nacional de Planeación (DNP), expidió la Resolución número 1083 del 12 de marzo de 2014, por medio de la cual se distribuyeron, asignaron y desagregaron recursos del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE) incorporados al presupuesto del DNP para el bienio 2013-2014, con el fin de fortalecer la gestión en los procesos de selección contractual y la ejecución de los proyectos de inversión aprobados con recursos del SGR;

Que el artículo 2° de la Resolución número 1083 de 2014, destinó la suma de tres mil quince millones ($3.015.000.000.00) moneda corriente, para el reconocimiento de incentivos y en su parágrafo se estableció que "Los departamentos, Corporaciones Autónomas Regionales y municipios ejecutores de proyectos de inversión del Sistema General de Regalías, recibirán a título de incentivo, por una única vez, la suma de quinientos mil pesos ($500.000) por cada proyecto que cumpla con el reporte de información de la ejecución, a través del aplicativo GESPROY-SGR, con corte al 31 de marzo de 2014,

siempre que el reporte corresponda a la totalidad de los proyectos de los cuales haya sido designado como ejecutor";

Que la Dirección de Vigilancia de las Regalías del DNP, efectuó la liquidación del monto a distribuir, a partir de la información registrada por las entidades beneficiarías de estos recursos en el aplicativo GESPROY-SGR y según informe de liquidación, distribución y asignación presentado por la Subdirección de Monitoreo, Seguimiento y Evaluación con

Memorando número 20144440062963 del 25 de junio de 2014;

Que por mandato constitucional, los recursos del Sistema General de Regalías no hacen parte del Presupuesto General de la Nación y tienen su propio sistema presupuestal, siendo atribución del Director del Departamento Nacional de Planeación, como administrador del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE) del Sistema General de Regalías (SGR), ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva normativa, a través de la distribución, asignación y desagregación de recursos para promover la implementación de instrumentos de gestión de las entidades territoriales y Corporaciones Autónomas Regionales beneficiarías de recursos del Sistema General de Regalías;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Liquidación y distribución de recursos.

Con cargo a los recursos de administración del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación (SMSCE) del Sistema General de Regalías (SGR), incorporados en la Sección Presupuestal 01030100 del Departamento Nacional de Planeación, se liquida y distribuye la suma de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000,00) moneda corriente, a título de incentivo a los departamentos, Corporaciones Autónomas Regionales y municipios ejecutores de proyectos de inversión del SGR, que cumplieron con el reporte de información de la ejecución, a través del aplicativo GESPROY-SGR con corte al 31 de marzo de 2014, en las condiciones señaladas en el inciso 2° del artículo 3° de la Resolución número 1083 de marzo 12 de 2014 y que no se encuentran con medida de suspensión de giros preventiva o correctiva en firme, así:

TIPO DE EJECUTOR NÚMERO DE ENTIDADES NÚMERO DE PROYECTOS VALOR INCENTIVO
MUNICIPIOS 309 710 355.000.000
DEPARTAMENTOS 10 81 40.500.000
CAR 2 9 4.500.000
TOTAL 321 800 $ 400.000.000
Fuente: Sistema GESPROY-SGR.
Artículo 2° Asignación de los recursos.

El reconocimiento de recursos de que trata la presente resolución se adelantará teniendo en cuenta la desagregación entre las entidades territoriales, y Corporaciones Autónomas Regionales, tal como se señala en el Anexo que hace parte integral de esta resolución.

Parágrafo. Cuando el SMSCE identifique modificaciones a la información que sirvió de base para la liquidación y asignación de los recursos contenidos en esta resolución, el DNP efectuará el descuento de estos de las asignaciones futuras que correspondan por recursos de administración del sistema de monitoreo, seguimiento, control y evaluación del SGR.

Artículo 3° Destinación de los recursos.

Los recursos se destinarán a la adquisición de bienes o servicios, incluido el suministro de tecnología y la contratación de personal de apoyo que coadyuven al fortalecimiento de la gestión en los procesos de selección contractual en la ejecución de los proyectos de inversión aprobados con recursos del Sistema General de Regalías.

Artículo 4° Incorporación al presupuesto.

Corresponde a los gobernadores y alcaldes de las entidades territoriales y a los representantes legales de las Corporaciones Autónomas Regionales beneficiarías de recursos del SGR, realizar la incorporación en el Presupuesto del Sistema General de Regalías de los recursos de que trata la presente resolución, mediante acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 de la Ley 1606 de 2012 y 44 del Decreto número 1949 de 2012. Así mismo, estos recursos se sujetan a las disposiciones presupuestales del Sistema General de Regalías y su ejecución al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

Parágrafo. La ordenación de gasto de estos recursos concierne al representante legal de la entidad o a quien este delegue, siempre y cuando corresponda a un funcionario del nivel directivo. La ejecución de los mismos será de su entera responsabilidad y autonomía.

Artículo 5° Giro de recursos.

Comunicar a la Subdirección Financiera del DNP, el contenido de la presente Resolución para los trámites correspondientes ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que durante el año 2014 se efectúe el giro del 100% de los recursos asignados en la presente Resolución, en las cuentas registradas en el SMSCE para el manejo de los recursos de Fortalecimiento y de los Fondos de Ciencia, Tecnología e Innovación, de Desarrollo y de Compensación Regional del SGR, de acuerdo con la disponibilidad de caja de los recursos del SMSCE de conformidad con las normas vigentes.

Parágrafo. Los rendimientos financieros derivados de estos recursos deben reintegrarse a la Cuenta Única del Sistema General de Regalías, conforme a los plazos y reglas definidos para el reintegro de los rendimientos financieros de los recursos diferentes de asignaciones directas.

Artículo 6° El Departamento Nacional de Planeación en calidad de administrador del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías realizará monitoreo sobre la ejecución de estos recursos a través del reporte de información por los beneficiarios de los mismos en la categoría SGR gastos del Formulario

Único Territorial (FUT) y de las cuentas maestras registradas en el SMSCE. Los recursos asignados por este concepto que no sean comprometidos en la respectiva bienalidad se deben reintegrar a la cuenta única del SGR.

Artículo 7° La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 6 de agosto de 2014.

La Directora del Departamento Nacional de Planeación,

Tatiana Orozco de la Cruz.

ANEXO 1. LIQUIDACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RECURSOS
DEPARTAMENTOS
CÓDIGO DEPARTAMENTO ENTIDAD NÚMERO DE VALOR VALOR TOTAL
DANE EJECUTORA PROYECTOS INCENTIVO
44000 LA GUAJIRA DEPARTAMENTO DE LA GUAJIRA 27 500.000 13.500.000
85000 CASANARE DEPARTAMENTO DE CASANARE 22 500.000 11.000.000
8000 ATLÁNTICO DEPARTAMENTO DE ATLÁNTICO 12 500.000 6.000.000
91000 AMAZONAS DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 7 500.000 3.500.000
66000 RISARALDA DEPARTAMENTO DE RISARALDA 6 500.000 3.000.000
88000 SAN ANDRÉS DEPTO. DEPARTAMENTO DE SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA 3 500.000 1.500.000
11001 BOGOTÁ D. C. BOGOTÁ, D. C. 1 500.000 500.000
23000 CÓRDOBA DEPARTAMENTO DE CÓRDOBA 1 500.000 500.000
95000 GUAVIARE DEPARTAMENTO DE GUAVIARE 1 500.000 500.000
47000 MAGDALENA DEPARTAMENTO DE MAGDALENA 1 500.000 500.000
SUBTOTAL 81 40.500.000
MUNICIPIOS
CÓDIGO DANE DEPARTAMENTO ENTIDAD EJECUTORA NÚMERO DE PROYECTOS VALOR INCENTIVO VALOR TOTAL
5440 ANTIOQUIA MARINILLA 2 500.000 1.000.000
5674 ANTIOQUIA SAN VICENTE FERRER 1 500.000 500.000
5004 ANTIOQUIA ABRIAQUI 1 500.000 500.000
5031 ANTIOQUIA AMALFI 2 500.000 1.000.000
5034 ANTIOQUIA ANDES 5 500.000 2.500.000
5038 ANTIOQUIA ANGOSTURA 2 500.000 1.000.000
5051 ANTIOQUIA ARBOLETES 2 500.000
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