La Corte Constitucional y los casos difíciles en el iusprivatismo: creacionismo judicial o descubrimiento de derechos implícitos - Problemáticas en torno a la mutidisciplinariedad del Derecho - Libros y Revistas - VLEX 950961716

La Corte Constitucional y los casos difíciles en el iusprivatismo: creacionismo judicial o descubrimiento de derechos implícitos

AutorManuel Antonio Coral Pabón
Páginas95-123
La Corte Constitucional y los casos difíciles en el
iusprivatismo: creacionismo judicial o
descubrimiento de derechos implícitos1
Manuel Antonio Coral Pabón2
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo pretende abordar algunos efectos prácticos derivados de
la constitucionalización del derecho privado, en particular, de los litigios
contractuales entre particulares, revisados en sede de tutela por la Corte
Constitucional colombiana. Se trata de un artículo concebido dentro del
proyecto de investigación denominado «El derecho judicial de las
obligaciones en la jurisprudencia constitucional colombiana. La seguridad
jurídica contractual frente al descubrimiento de derechos implícitos», en el
cual se pretende determinar cómo se afecta la seguridad jurídica de los
contratantes cuando, al aplicar derechos y obligaciones implícitas en
principios constitucionales a la solución de casos relacionados con litigios
contractuales privados, la Corte Constitucional sustituye, mediante
subreglas, disposiciones vigentes de rango legal.
Este problema se justifica en la necesidad de estudiar la forma en que la
recepción de la teoría de los derechos implícitos en la jurisprudencia
constitucional ha permitido el nacimiento de obligaciones no consensuadas,
en el sentido tradicional del término, erigiéndose la jurisprudencia en fuente
autónoma de las mismas. La utilidad de la investigación radica en que
permitirá replantear tesis vigentes sobre autonomía privada y seguridad
jurídica en el marco de la constitucionalización del derecho privado. De
otro lado, su importancia se evidencia en que una sistematización del
derecho judicial de las obligaciones, analizado a la luz de las concepciones
material y pragmática de la argumentación, permitirá determinar si se
encuentra o no justificada la sustitución de normas legales por principios
constitucionales y cuáles son los límites de la misma en un estado social de
derecho.
Para este propósito se adopta el método histórico hermenéutico. La
investigación histórica busca «reconstruir el pasado de la manera más
objetiva y exacta posible, para lo cual de manera sistemática recolecta,
evalúa, verifica y sintetiza evidencias que permitan obtener conclusiones
válidas, a menudo, derivadas de hipótesis» (Guerra, 2009, p. 79) y se
fundamenta en la revisión de fuentes legales, jurisprudenciales y
doctrinarias.
Así pues, en el presente artículo, a partir del método inductivo, se analiza
una sentencia en particular, proveniente de nuestro Alto Tribunal, en
procura de arribar a conclusiones generales relacionadas con algunos
debates abordados hoy en día por la teoría jurídica y la filosofía del
derecho, atinentes al creacionismo y discrecionalidad judiciales y,
principalmente, a la teoría de los derechos implícitos, los cuales han
encontrado tierra fértil en el modelo del Estado Constitucional.
Si bien la argumentación mediante ejemplo que ahora se plantea invita a
correr el riesgo de incurrirse en la falacia de la generalización, el fallo
escogido como pilar de este estudio refleja una tendencia de la cual hace
parte nuestra Corte y que ha contribuido a ahondar las graves dificultades
de distinción existentes hoy en día entre los problemas jurídico-fácticos y
los político-filosóficos, derivados de la constitucionalización del derecho
privado (Calderón, 2011).
EFECTOS DE LA CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LOS
LITIGIOS CONTRACTUALES. EL CASO DE LA
SENTENCIA T-769 DE 2005

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