COVID-19 y tributación de personas naturales no residentes en Colombia - Núm. 2020, Enero 2020 - Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría - Noticias - VLEX 846473501

COVID-19 y tributación de personas naturales no residentes en Colombia

AutorRoberto Bossa

Mediante varios decretos, el Gobierno Nacional ha tomado medidas tendientes a restringir la circulación de las personas con el fin de mitigar el riesgo de contagio del COVID-19. Entre estas, el cierre temporal de las fronteras aéreas y terrestres. Esta situación ha llevado a que personas naturales sin residencia fiscal en Colombia estén imposibilitadas para salir del país; y, como consecuencia, pasen a ser residentes fiscales colombianas con base en la normativa tributaria vigente.

Así, por razones de fuerza mayor, instituciones del régimen fiscal como la residencia fiscal, establecimiento permanente y sede efectiva de administración, que requieren para su configuración elementos de presencia o permanencia en el territorio colombiano, se consolidarían como consecuencia de la imposibilidad de personas de salir de Colombia a sus respectivos países de residencia y operaciones.

En cuanto a la residencia fiscal, si bien la jurisprudencia ha aceptado la aplicación de la institución de la fuerza mayor en el análisis del incumplimiento de obligaciones tributarias; y, por otro lado, los convenios para evitar la doble imposición traen reglas para dirimir conflictos en materia de residencia, lo cierto es que la normativa tributaria no permite excluir del cómputo de días para efectos de la residencia fiscal aquellos en los que la persona se vio obligada a permanecer en el país por circunstancias de fuerza mayor.

En vista de ello, la OECD publicó el 3 de abril de 2020 un documento denominado OECD Secretariat Analysis of Tax Treaties and the Impact of the COVID-19 Crisis. En este, en términos generales, evidencia las situaciones y presenta posibles medidas a tenerse en cuenta en el análisis de eventos que puedan generar consecuencias fiscales en medio de la crisis. En particular, hace un llamado a las administraciones tributarias nacionales para que regulen la aplicación de los criterios de permanencia debido a que la normativa general ignora la existencia de esta situación extraordinaria.

Estados Unidos, por ejemplo, mediante el Revenue Procedure 2020-20 estableció que, a efectos de...

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