Análisis, crítica y legitimidad del derecho moderno desde la perspectiva de la acción comunicativa habermasiana - Núm. 5-2, Julio 2008 - Revista Jurídicas - Libros y Revistas - VLEX 63119587

Análisis, crítica y legitimidad del derecho moderno desde la perspectiva de la acción comunicativa habermasiana

AutorGerardo A. Durango ÁLvarez
CargoUniversidad Nacional de Colombia-Sede Medellín
Páginas46-69

Gerardo A. Durango ÁLvarez*

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    Este artículo es producto de la investigación en curso: incorporación, inclusión y evolución de las "acciones afirmativas" en la jurisprudencia de la corte constitucional colombiana. Estudio comparativo con el constitucionalismo español. Llevada a cabo en la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín.


"En el derecho moderno opera un desplazamiento por el que lo que antes se exigía normativamente a los individuos, los cuales de este modo quedan, por así decir, moralmente exonerados, se transforma en exigencias que ahora se hacen a las leyes , las cuales han de asegurar la compatibilidad de las libertades de acción. Éstas reciben su legitimidad de un procedimiento legislativo que se apoya a su vez en el principio de soberanía popular".

Habermas

Metodología

La metodología empleada en el presente artículo se centró en el análisis teórico proporcionado por la Teoría de la acción comunicativa, en tanto ésta ofrece elementos críticos y analíticos para cuestionar la legitimidad de los actuales estados de derecho. Para ello se partió (I) de la reconstrucción habermasiana del derecho moderno hasta llegar a la propuesta teórica del principio discursivo, eje central para la elaboración que el autor realiza de su teoría jurídica-discursiva de los derechos fundamentales (II).

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1. Las condiciones de la integración social a partir de la teoría de la acción comunicativa

La necesidad de conseguir un referente para su teoría racional-normativa lleva al autor a la construcción de su Teoría de la Acción Comunicativa1. La legitimidad2 para los acuerdos normativos lleva a Habermas a configurar su teoría comunicativa como aquel espacio al que pueden recurrir los individuos para abordar los conflictos mediante acuerdos dialógicos. Dice el autor: "Llamamos racional a una persona que se muestra dispuesta al entendimiento y que ante las perturbaciones de la comunicación se muestra reflexivo sobre las reglas lingüísticas" (HABERMAS, 1987c : 42). Para Habermas, la razón comunicativa no es una acción subjetiva asignada a un actor individual; por el contrario, la práctica comunicativa cotidiana proporciona el modelo de la racionalidad discursiva que, al mantener el debate dentro de los procedimientos discursivos, garantiza la imparcialidad de las normas.

Para justificar lo anterior, Habermas apela a la estructura dialógica del lenguaje como fundamento del conocimiento y de la acción, participando así de la corriente del denominado 'giro lingüístico' en filosofía3. Como resultado deduce la categoría de 'acción comunicativa', en ésta la racionalidad está dada por la capacidad de entendimiento entre 'sujetos capaces de lenguaje y acción' mediante actos de habla cuyo trasfondo es un 'mundo de la vida' de creencias e intereses no explícitos y acríticamente aceptados por las comunidades de comunicación. La Teoría de la acción comunicativa es, para Habermas, el principio explicativo de una teoría de la sociedad fundada en una teoría del lenguaje y en el análisis de las estructuras generales de la acción; de allí que el rasgo característico de los seres humanos será la racionalidad manifestada 'objetivamente' en el 'lenguaje'.

Como afirma Habermas, la acción comunicativa se apoya en un modelo que, por así decirlo, está implícito desde el principio en el intento de establecer un entendimiento lingüístico. "La interacción lingüísticamente mediada exige el establecimiento de consenso y con la función de coordinar la acción mediada por normas. El entendimiento lingüístico funciona como mecanismo coordinador de la acción de modo que los participantes en la interacción se ponen de acuerdo Page 48 sobre la validez que pretenden para sus actos de habla, es decir, se reconocen intersubjetivamente pretensiones de validez susceptibles de crítica" (HABERMAS, 1987c: 482). Ahora bien, para el autor en mención, fuera de la acción comunicativa, existe también la acción instrumental y la estratégica4. La primera es insuficiente para lograr acuerdos perdurables socialmente, ya que la imposición que ejerce la lógica de medios y fines, que en su intento por imponerse no tiene presente la "legitimidad" social, es lo que genera la pérdida por el sentido político, la democracia y los derechos fundamentales. Esta legitimidad "instrumental" aísla el entendimiento de los sujetos y no permite una racionalidad comunicativa. La acción " estratégica", por su parte, domina y promueve relaciones de dominación orientados al éxito y es controlada por el sistema administrativo y político, no por el mundo de la vida, que, todo lo contrario, se basa en acciones comunicativas. En el mundo de la vida, los sujetos han de buscar el entendimiento. Este se comprende, según el autor en mención, como "la obtención de un acuerdo entre los participantes acerca de la validez de una emisión". (HABERMAS, 1985a : 125-128, 175).

La acción comunicativa resulta, de esta manera, especialmente relevante para la búsqueda de la integración social en aquellas sociedades donde el componente conflictivo es demasiado alto y excluyente. Ahora bien, es de recordar que la comunicación no es la panacea para todos los males sociales referentes a la integración social, pues a medida que se avanza en la evolución social, aumenta la posibilidad del disenso en la comunicación, porque va operando internamente en la sociedad una creciente diferenciación entre los individuos y la 'pluralización de las formas de vida' que generan una constante y permanente tensión entre los Page 49 intereses particulares y el conjunto de formas de vida que pretenden universalizar determinadas condiciones de convivencia. Por tanto, la acción estratégica será deudora, de una u otra manera, de las comprensiones básicas de la convivencia social, pues ésta no puede dirigir las interacciones sociales sólo en las acciones tendientes al cálculo y a las expectativas individuales.

De esta manera, la búsqueda de criterios normativos críticos y analíticos que le sirvan de soporte en su análisis social lleva a Habermas a preguntarse por la legitimidad, aproximándose de esta manera a Problemas de legitimación del capitalismo tardío (HABERMAS, 1975a), donde explica la crisis del capitalismo para dotarse de legitimación. En ella denuncia la contradicción insuperable entre la lógica manejada por el capital -que busca el interés privado- y las cuestiones normativas manifiestas en los procedimientos democráticos, lo que lleva a que el poder del Estado se imponga coactivamente y sin las bases necesarias para su justificación tanto democráticas como comunicativas. La dominación económica se ve en la necesidad de una legitimación controlada por el Estado, que compense las disfunciones del mercado. Pero el Estado se ve sobrecargado de las demandas sociales y sin posibilidad de atención, ocasionando una crisis de legitimación; además, se orienta más por las cuestiones técnicas que por la realización de las normas práctico-morales y la participación política real de los ciudadanos en su conformación. Ante tal situación, Habermas se inclina a plantear que el poder sólo puede legitimarse mediante discusiones públicas razonables en las cuales los ciudadanos puedan contener el papel privatizador que ha adquirido el Estado. Se vale para ello del papel que cumple la moral y el derecho en la justificación de principios universales5 como, por ejemplo, el principio discursivo6.

Ahora bien, valdría una pregunta esencial sobre el anterior planteamiento -el de la legitimidad del orden social por medio de la acción comunicativa y del consenso-: ¿cómo, a partir de procesos de formación de consenso que vienen amenazados por una tensión explosiva entre facticidad y validez, puede surgir algo así como el orden social, el Estado democrático de derecho y los derechos fundamentales?

Este interrogante surge porque siempre existe y existirá la posibilidad o el riesgo del disenso en toda formación de interacción social, así vaya dirigida a la búsqueda del entendimiento mutuo. Es menester aclarar que el papel atribuido al disenso no siempre puede entenderse negativamente; por el contrario, el disenso es condición necesaria dentro de una sociedad pluralista y democrática. En este sentido, cuando en el proceso de entendimiento se presenta el disenso, sólo se dispone de pocas alternativas. Éstas serían:

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- Recurrir a operaciones sencillas de reparación.

- Dejar a un lado las pretensiones de validez controvertidas.

- Pasar a discursos costosos con resultado incierto y perturbadores efectos de problematización.

- Romper la comunicación y abandonar los espacios que conllevan al consenso.

- Pasar a la acción estratégica, orientada al propio éxito de cada uno.

El componente del disenso, propio de las relaciones sociales, lleva a comprender que no todas las acciones comunicativas llevan al consenso -como siempre se le ha criticado injustamente a Habermas-, ya que en la búsqueda de parámetros de regulación del orden social también existe la posibilidad de poder disentir o de poder decir "no". El disenso ha sido uno de los temas objeto de crítica en la teoría habermasiana. Javier Muguerza, por ejemplo, le asigna al papel del disenso en la historia de la conquista de los derechos humanos, un papel central en cuanto, como él mismo lo expresa, dicha historia "es una historia de los esfuerzos de individuos que lucharon por ellos integrados en movimientos disidentes: primero, la burguesía emergente; luego, las clases trabajadoras; después, los pueblos colonizados; más tarde, las minorías étnicas de las metrópolis; hoy, en fin, las mujeres, los homosexuales y otros sectores marginados de la sociedad, etc.; un proceso en marcha, a lo largo del cual el objetivo del disenso ha sido...

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