Crónica del trabajo del relator especial sobre la expulsión de extranjeros de la comisión de derecho internacional de las naciones unidas (2004-2014) - Núm. 72, Enero 2017 - Revista Temas Socio-Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 695901273

Crónica del trabajo del relator especial sobre la expulsión de extranjeros de la comisión de derecho internacional de las naciones unidas (2004-2014)

AutorLila García
CargoDoctora en Derecho (Área Derecho Internacional), Universidad Nacional de Buenos Aires
Páginas277-314
277
CRÓNICA DEL TRABAJO DEL RELATOR ESPECIAL
SOBRE LA EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS DE LA
COMISIÓN DE DERECHO INTERNACIONAL DE LAS
*
NACIONES UNIDAS (2004-2014)
**
Lila García
Recibido: Marzo 8 de 2017
Aprobado: Mayo 10
de 2017
RESUMEN
La expulsión de personas extranjeras ha permanecido como un tema con
limitada regulación por parte del derecho internacional; sin embargo,
existe consenso en que uno de los límites modernos a la facultad del
Estado de expulsar a personas extranjeras está dado por las normas de
derechos humanos. En pos de identificar, codificar y desarrollar estas
regulaciones es que viene el trabajo del Relator Especial sobre la
Expulsión de Extranjeros de la Comisión de Derecho Internacionales
(CDI) de Naciones Unidas, iniciado en 2004 y finalizado en 2014 y que
ha pasado prácticamente desapercibido tanto para los estudio de
migraciones como para los desarrollos del derecho internacional. Así,
este artículo se propone revisar estos diez años de labor principalmente a
través del análisis documental de fuentes primarias (informes del
Relator, los debates al interior de la CDI y su eco en la Sexta Comisión de
la Asamblea General) a fin de contar con un panorama general de la
labor, identificar las discusiones medulares y los resultados alcanzados y
analizar si esta perspectiva de derechos humanos conmueve los puntos
de partida de la soberanía estatal en torno a la extranjería. Todo ello, de
cara al próximo debate del proyecto de artículos que la Asamblea
General hará durante su 72va sesión en este 2017.
Palabras clave: Extranjeros, expulsión, derechos humanos, migración,
Naciones Unidas.
*Mil agradecimientos a mi colega Brian Frenkel, quien llamó mi atención sobre le trabajo del Relator.
**Doctora en Derecho (Área Derecho Internacional), Universidad Nacional de Buenos Aires. Investigadora
Del Cons ejo Nacional de Investi gaciones Cie ntíficas y Té cnicas (CON ICET), UNMdP. E-m ail:
garcia.lila@gmail.com
Revista Temas Socio Jurídicos
Vol. 36 N° 72 Enero - Junio de 2017
pp. 277 - 313
ISSN 0120-8578
ISSN electrónico: 2590-8901
278
CHRONICLE OF THE SPECIAL RAPPORTEUR OF THE
INTERNATIONAL LAW COMMISSION ABOUT THE
EXPULSION OF FOREIGNERS
ABSTRACT
The expulsion of foreigners has remained a topic with limited regulation
by international law; however, there exits consensus that one of the
modern limits to the State's power to expel foreigners is given by human
rights. In order to identify, codify and develop these regulations it is
possible to point out the work of the Special Rapporteur of the
international law commission about the expulsion of foreigners (CDI)
that began in 2004 and ended in 2014 and that has passed almost
unnoticed by migration and international law develpments. Thus, this
text proposes to review these ten years of work, mainly through
documentary analysis of primary sources (reports, debates within the
ILC and its echo in the Sixth Commission of the General Assembly) in
order to make an overview of the work, identify the fundamental
discussions and the results achieved and to analyze whether this
perspective of human rights affects the position of state sovereignty
concerning foreigners. All this, with a view to the next debate of the
project that will take place within the 72nd session of the General
Assembly in 2017.
Key words: Foreigners; expulsion; human rights; migration; United
Nations
CRÔNICA DO TRABALHO DO RELATOR ESPECIAL SOBRE
A EXPULSÃO DE ESTRANGEIROS DA COMISSÃO DE
DIREITO INTERNACIONAL DAS NAÇÕES UNIDAS (2004-
2014)
RESUMO
A expulsão de pessoas estrangeiras tem permanecido como um assunto
com regulamentação limitada pelo direito internacional; no entanto,
existe consenso de que um dos limites modernos sobre o poder do
Estado para expulsar pessoas estrangeiras é dada pelas normas de
direitos humanos.
Depois de identificar, codificar e desenvolver estes regulamentos vem o
trabalho do Relator Especial sobre a expulsão de estrangeiros da
Comissão de Direito Internacional (CDI) da Organização das Nações
Crónica del trabajo del relator especial sobre la expulsión de
extranjeros de la Comisión de Derecho Internacional de las
*
Naciones Unidas (2004-2014) Lila García
279
Unidas, lançado em 2004 e concluída em 2014 e que passou
praticamente despercebida tanto para o estudo das migrações como
para o desenvolvimento do direito internacional. Assim, este artigo
pretende rever estes dez anos de trabalho principalmente através da
análise documental de fontes primárias (relatórios do relator, as
discussões no seio da Comissão e seu eco na Sexta Comissão da
Assembleia Geral) para ter uma visão geral do trabalho, identificar
discussões centrais e os resultados alcançados e analisar se esta
perspectiva dos direitos humanos comove os pontos de partida da
soberania do estado em torno aos estrangeiros. Tudo isso, para a
próxima discussão do projeto de artigos que a Assembleia Geral fará
durante a sessão 72va neste 2017.
Pal avras -chave: Estrange iros, Ex pulsão, Direi tos Hu manos,
Migração, Nações Unidas
1. PRESENTACIÓN
La expulsión de personas extranjeras por parte de un Estado distinto al
de su nacionalidad y en general, el trato de este hacia sus poblaciones no
nacionales, ha permanecido como un tema con baja regulación por el
derecho internacional público (DIP). De hecho, se ubica en los grises de
los márgenes de discrecionalidad del Estado y se ha considerado
“demasiado sensible como para regularlo mediante instrumentos
multilaterales vinculantes” (Comisión de Derecho Internacional, 2006).
Las personas extranjeras representan, en ese sentido, uno de los últimos
bastiones de resistencia a la fiscalización internacional: si hasta 1945 el
trato que un Estado daba a sus nacionales se consideraba una cuestión
doméstica, uno de los últimos grupos poblacionales sobre los cuales se
libra una d isputa entre las d eterminaci ones domésticas y las
regulaciones internacionales y dentro de estas últimas, sobre cuál es el
régimen aplicable es, precisamente, el de personas extranjeras y
especialmente migrantes. Incluso, veremos, las mismas referencias
desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) dejan
buena parte de las cuestiones libradas al orden interno.
En el DIP clásico, la visibilidad del individuo quedaba mediada por el
Estado; (Sorensen. 1975, p. 275) cuando la política se hace cargo de la
vida de la porción de población que se asigna (“nación”), esta protección
fue primero ejercida con exclusividad por el Estado: al interior, bajo el
principio de no injerencia en los asuntos de jurisdicción interna; al
exterior, bajo la protección diplomática de sus nacionales frente a
terceros Estados o al menos, ante a los Estados respecto de los cuales el
Vol. 36 N° 72 Enero - Junio de 2017

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR