Decreto 1333 de 2003, por el cual se prorroga la suspensión provisional al Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta y se hace un encargo - 26 de Mayo de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43193018

Decreto 1333 de 2003, por el cual se prorroga la suspensión provisional al Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta y se hace un encargo

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín45199

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, delegatario de funciones presidenciales en virtud de los decretos 1240 y 1270 del 19 y 20 de mayo de 2003, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales que le confieren los artículos 304 de la Constitución Política de Colombia y 10 de la ley 768 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional en cumplimiento de la decisión adoptada por el señor Viceprocurador General de la Nación, en auto del 23 de enero de 2003, mediante Decreto 379 del 19 de febrero de 2003, suspendió provisionalmente en el ejercicio del cargo de Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, al señor Hugo Alberto Gnecco Arregocés, por el término inicial de tres (3) meses, y encargó al señor Fernando Alberto Cely Santos, identificado con la cédula de ciudadanía número 12561364 de Santa Marta para que desempeñara las funciones de ese despacho;

Que por Oficio número 1007 del 15 de mayo de 2003 de la Procuraduría General de la Nación, se remitió copia del auto de la misma fecha por el cual el Viceprocurador General de la Nación resolvió prorrogar por tres meses más la medida cautelar adoptada mediante auto del 23 de enero del año en curso, en el sentido de suspender provisionalmente al señor Hugo Alberto Gnecco Arregocés en su condición de Alcalde del Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta;

Que se hace necesario dar inmediato cumplimiento a lo dispuesto por el Viceprocurador General de la Nación, decretando la prórroga de la suspensión provisional solicitada, de conformidad con lo previsto en el inciso 2 del artículo 15...

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