Decreto 1736 de 2004, por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación. - 3 de Junio de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43209106

Decreto 1736 de 2004, por el cual se suprimen unos cargos de la planta de personal de la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación.

Número de Boletín45568

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 149 del 21 de enero de 2004 se suprimió y ordenó la liquidación de la Comisión Nacional de Regalías;

Que en los términos del artículo 11 del Decreto 149 de 2004, el 12 de marzo de 2004, el Director Liquidador de la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación, presentó para aprobación del Gobierno Nacional el proyecto de supresión de los cargos vacantes y de los que no son necesarios para adelantar el proceso de la liquidación;

Que la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, obteniendo el concepto técnico favorable de ese Departamento;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, expidió el respectivo certificado de viabilidad presupuestal,

DECRETA:

Artículo 1º Suprímense de la planta de personal de la Comisión Nacional de Regalías - En Liquidación, establecida mediante Decreto 1127 del 16 de junio de 2000, los siguientes cargos:

N° de cargos Denominación del empleo Código Grado

DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL

3 (Tres) Asesor 1020 14

1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 22

1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 11

PLANTA GLOBAL

1 (Uno) Subdirector General de Unidad Administrativa Especial 0040 21

6 (Seis) Profesional Especializado 3010 23

8 (Ocho) Profesional Especializado 3010 22

9 (Nueve) Profesional Universitario 3020 14

2 (Dos) Técnico Administrativo 4065 17

1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 13

2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040 22

Artículo 2º

Los empleados públicos de carrera administrativa cuyos cargos sean suprimidos en virtud de lo dispuesto en el artículo primero del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o la incorporación a empleo...

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