Decreto 1801 de 2001, por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos y se fija el número de Trabajadores Oficiales de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama - 31 de Agosto de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43163894

Decreto 1801 de 2001, por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos y se fija el número de Trabajadores Oficiales de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín44537

DIARIO OFICIAL 44.537 DECRETO 1801 28/08/2001 por el cual se establece la Planta de Personal de Empleados Públicos y se fija el número de Trabajadores Oficiales de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama conforme con lo dispuesto en los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, presentó estudio técnico para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo el concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública; Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó Certificado de Viabilidad Presupuestal número 908 del 20 de febrero de 2001; Que la Junta Directiva de la Sociedad Hotel San Diego S.A. - Hotel Tequendama en reunión del día 26 de abril de 2001, aprobó la planta de personal de empleados públicos y el número de trabajadores oficiales, como consta en el Acta 831, DECRETA: Artículo 1°. La planta de personal de empleados públicos de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama, será la siguiente: No. de Cargos Denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Gerente General de Entidad 0015 21 Descentralizada 1 (uno) Secretario General de Entidad 0037 14 Descentralizada 1 (uno) Jefe de Oficina 0137 11 Artículo 2°. El número de trabajadores oficiales al servicio de la Sociedad Hotel San Diego S. A. - Hotel Tequendama será de cuatrocientos sesenta y cuatro (464). Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese y cúmplase. Dado...

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