Decreto 2807 de 2000, por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", en concordancia con el examen de Estado que se aplica a partir del año 2000. - 29 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43146147

Decreto 2807 de 2000, por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", en concordancia con el examen de Estado que se aplica a partir del año 2000.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín44275

DIARIO OFICIAL 44.275 DECRETO 2807 29/12/2000 por el cual se modifican los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello", en concordancia con el examen de Estado que se aplica a partir del año 2000. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 11 del artículo 189, de la Constitución Política y por el artículo 4° de la Ley 115 de 1994, CONSIDERANDO: Que el Decreto 3267 del 14 de noviembre de 1981, creó la "Distinción Andrés Bello" como homenaje a su memoria y estímulo a los bachilleres sobresalientes, según los resultados en el examen de Estado para ingreso a la educación superior y como un reconocimiento al esfuerzo académico de los jóvenes colombianos; Que es necesario actualizar los criterios para el otorgamiento de la "Distinción Andrés Bello" de acuerdo con el examen de Estado para ingreso a la educación superior, que se aplica a partir del año 2000; Que el examen de Estado para ingreso a la educación superior, tiene dos componentes: el núcleo común y la parte flexible; Que la selección de los estudiantes con los más altos puntajes es procedente hacerla con base en las pruebas que presentan todos los estudiantes, o sea, las del núcleo común; Que el núcleo común está conformado por ocho (8) pruebas: Matemáticas, Lenguaje, Biología, Química, Física, Geografía, Filosofía e Historia; Que la prueba sobre el idioma extranjero, no se incluirá en la selección de los más altos puntajes durante el año 2000, dado su carácter experimental en este año, DECRETA: Artículo 1°. La "Distinción Andrés Bello" se otorgará una vez al año por parte del Ministerio de Educación Nacional, a los estudiantes de grado 11 de educación media en dos (2) categorías: nacional y departamental, a partir de los resultados del examen de Estado para ingreso a la educación superior, realizado por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES. Artículo 2°. La "Distinción Andrés Bello" en la categoría nacional se otorgará a los estudiantes de grado 11, que a nivel nacional obtengan las más altas puntuaciones en cada una de las pruebas del núcleo común del examen de Estado para ingreso a la educación superior. Artículo 3°. La selección de los estudiantes a nivel nacional, se efectuará identificando a los seis (6) estudiantes que en cada prueba del núcleo común, obtengan las más altas puntuaciones según los puntos de corte que el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación...

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