Decreto 1052 de 2007, por el cual se deroga el artículo 2o del Decreto 078 de 2000. - 30 de Marzo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352548122

Decreto 1052 de 2007, por el cual se deroga el artículo 2o del Decreto 078 de 2000.

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de Seguridad
Número de Boletín46586

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Derógase el artículo 2o del Decreto 078 del 28 de enero de 2000.

PARÁGRAFO. Los beneficios señalados en el artículo objeto de derogatoria se continuarán otorgando únicamente a quienes, al momento de entrar a regir el presente decreto, se encuentren adelantando el curso de formación básica de detective que imparte la Academia Superior de Inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y hasta su finalización.

ARTÍCULO 2o El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo segundo del Decreto 078 de 2000.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

OSCAR IVÁN ZULUAGA ESCOBAR.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

FERNANDO GRILLO...

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