Decreto 71 de 2005, por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Comisión Nacional de Regalías-en Liquidación, señalado en el artículo 1o del Decreto 149 de 2004. - 17 de Enero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352550966

Decreto 71 de 2005, por el cual se prorroga el plazo para la liquidación de la Comisión Nacional de Regalías-en Liquidación, señalado en el artículo 1o del Decreto 149 de 2004.

Número de Boletín45794

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 2o del Decreto-ley 254 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 149 del 21 de enero de 2004 publicado en el Diario Oficial el 27 de enero de 2004 se dispuso la supresión y liquidación de la Comisión Nacional de Regalías, Unidad Administrativa Especial;

Que el artículo 1o del mencionado decreto señaló que el proceso de liquidación de la Comisión Nacional de Regalías-Unidad Administrativa Especial deberá concluir a más tardar en un plazo de un (1) año a partir de la vigencia del presente decreto;

Que el parágrafo 1o del artículo 2o del Decreto-ley 254 de 2000, "por el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional" contempla la posibilidad de que el Gobierno Nacional prorrogue la liquidación hasta por un plazo igual al fijado inicialmente para la liquidación;

Que mediante comunicación del 6 de diciembre de 2004, el Gerente Liquidador de la Comisión Nacional de Regalías-en Liquidación, solicitó al Departamento Nacional de Planeación tramitar una prórroga de cinco (5) meses y tres (3) días al plazo estipulado en el Decreto 149 de 2004, ante la imposibilidad de culminar la liquidación en el plazo previsto en el Decreto 149 de de 2004;

Que una vez analizadas las circunstancias expuestas por el señor liquidador de la Comisión Nacional de Regalías-En Liquidación,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o Prorrogar por el término de cinco (5) meses y tres (3) días contados a partir del 27 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR