Decreto 2315 de 2005, por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005. - 8 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352552590

Decreto 2315 de 2005, por el cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45963

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto compilado en el Decreto 111 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 149 del 21 de enero de 2004, se estableció la supresión de la Comisión Nacional de Regalías y se ordenó su liquidación, estableciendo como plazo un año;

Que mediante el Decreto 71 del 14 de enero de 2005, se prorroga el plazo de la liquidación de la Comisión Nacional de Regalías por el término de cinco (5) meses y tres (3) días a partir del 27 de enero de 2005;

Que el artículo 9o del Decreto 149 del 21 de enero de 2004, dispone que "una vez concluido el plazo para la liquidación de la Comisión Nacional de Regalías En Liquidación, los bienes, derechos y obligaciones serán transferidos a la Nación - Departamento Nacional de Planeación;

Que mediante la Ley 921 del 23 de diciembre de 2004, se decretó el presupuesto de Rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2005 y mediante el Decreto número 4365 del 23 de diciembre de 2004, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2005, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos;

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;

Que de conformidad con el artículo 86 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el Gobierno Nacional mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en el presupuesto para dejar en cabeza de los nuevos órganos o de los que asumieron las funciones, las apropiaciones correspondientes para cumplir con sus objetivos, sin que puedan aumentar las partidas por funcionamiento, inversión y s ervicio de la deuda, aprobadas por el Congreso de...

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