Decreto 177 de 2004, por el cual se reglamenta parcialmente las Leyes 715 de 2001 y 812 de 2003. - 27 de Enero de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352556138

Decreto 177 de 2004, por el cual se reglamenta parcialmente las Leyes 715 de 2001 y 812 de 2003.

Número de Boletín45443

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o DISTRIBUCIÓN DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PARA SALUD Y EDUCACIÓN

Con el propósito de mejorar la eficiencia y la equidad en la asignación de los recursos del SGP para salud y educación mediante la disponibilidad y verificación de la información necesaria, el Departamento Nacional de Planeación, DNP, podrá realizar distribuciones parciales de estos recursos durante la vigencia fiscal atendiendo los criterios de la Ley 715 de 2001.

La distribución definitiva se efectuará previa evaluación y verificación de la información por parte de las entidades responsables de su certificación.

Estas distribuciones serán aprobadas por el Conpes para la Política Social y los giros mensuales correspondientes se programarán y ajustarán con base en dichas distribuciones.

ARTÍCULO 2o El valor per cápita promedio departamental y distrital, de que trata el artículo 47 de la Ley 812 de 2003, se calculará en forma separada para cada una de las fuentes que financian la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda.

Para la...

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