Decreto 2700 de 2003, por el cual se modifica la estructura de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, y se determinan las funciones de sus dependencias.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 45322 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, en sesión del 24 de julio de 2003, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura de la Entidad,
DECRETA:
ESTRUCTURA.
La Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, tendrá la siguiente estructura:
ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS
JUNTA DIRECTIVA
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PRESIDENCIA
1.1 Dirección de Tecnología y Procesos
1.2 Dirección de Programas Especiales
1.3 Oficina de Control Interno de Gestión
1.4 Oficina de Control Disciplinario Interno
1.5 Oficina de Planeación
1.6 Oficina de Riesgos
-
SECRETARIA GENERAL
2.1 División de Asistencia Jurídica
2.2 División de Operaciones de Tesorería
2.3 División de Contabilidad y Presupuesto
2.4 División de Recursos Humanos
2.5 División de Recursos Físicos
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VICEPRESIDENCIA COMERCI AL
3.1 División de Mercadeo y Comunicaciones
3.2 Unidades Regionales
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VICEPRESIDENCIA FINANCIERA Y DE OPERACIONES
4.1 División de Proyectos
4.2 División de Gestión Financiera
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ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION
5.1 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
5.2 Comisión de Personal
DEPENDENCIAS Y FUNCIONES.
La Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva de la Entidad y la Presidencia cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los Estatutos de Findeter y en las demás disposiciones legales vigentes.
Son funciones de la Dirección de Tecnología y Procesos, las siguientes:
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Administrar los sistemas de información, cómputo y registro de la Entidad, adelantando las acciones necesarias de soporte tecnológico para su permanente actualización, mantenimiento y seguridad.
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Elaborar, ejecutar y hacer seguimiento al Plan Estratégico de los Sistemas de Información (PESI), de la Entidad.
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Diseñar y dirigir la implementación de planes de seguridad y contingencia relacionados con los sistemas de información de la Entidad.
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Administrar el software y hardware que requiere la entidad para el cumplimiento de sus funciones.
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Dar soporte técnico a los usuarios en la operación de las aplicaciones y de los equipos de cómputo.
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Diseñar, desarrollar e implementar nuevos aplicativos de tecnología y de procesos.
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Gestionar las adquisiciones tecnológicas y el control de proveedores.
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Realizar la interventoría técnica y la auditoría a los proyectos de sistemas de información.
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Apoyar a la Entidad en el diseño y mejoramiento de procesos.
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Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Son funciones de la Dirección de Programas Especiales, las siguientes:
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Dirigir, planear y ejecutar los programas, planes o proyectos que la Nación asigne a la financiera o que se deriven de convenios o acuerdos que suscriba con otras instituciones, que la Institución determine como de carácter especial, y que le sean asignados por la Presidencia de la entidad.
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Definir y ejecutar estrategias y acciones para la ejecución de los programas, planes o proyectos, determinados como de carácter especial, que le sean asignados.
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Gestionar los recursos humanos, físicos, tecnológicos, financieros, entre otros, para la ejecución de los programas, planes o proyectos, determinados como de carácter especial, que le sean asignados.
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Coordinar acciones y mantener comunicación permanente con las Entidades que tengan relación con los programas, planes o proyectos, determinados como de carácter especial, bajo la responsabilidad de la Dirección.
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Coordinar acciones de carácter institucional para el funcionamiento de la Dirección.
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Comprometer y ejecutar los recursos asignados a los programas, planes o proyectos, determinados como de carácter especial, bajo responsabilidad de la Dirección.
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Realizar seguimiento a la ejecución de los programas, planes o proyectos que le sean asignados.
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Las demás funciones que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Son funciones de la Oficina de Control Interno de Gestión, las siguientes:
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Asesorar y apoyar al Presidente de la entidad en la definición de políticas referidas al diseño e implantación de sistemas de control que contribuyan a garantizar e incrementar la eficiencia, eficacia y calidad de la prestación de los servicios en las diferentes áreas del organismo.
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Realizar evaluaciones periódicas sobre la ejecución del plan de acción y el cumplimiento de las actividades propias de cada dependencia, y proponer las medidas preventivas y correctivas necesarias.
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Verificar el cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros, establecidos en las disposiciones de procedimiento y control fiscal, para el movimiento de fondos, valores y bienes de la Entidad.
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Velar por la correcta ejecución de las operaciones, convenios y contratos de la Entidad y vigilar la correcta inversión de los recursos, e informar al Presidente de la entidad cuando se presenten irregularidades.
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Velar por que la atención que presta la Entidad se desarrolle de conformidad con las normas legales vigentes y las quejas y reclamos presentados por los ciudadanos en relación con la misión, sean atendidas oportuna y eficientemente, y rendir a la administración un informe semestral sobre el particular.
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Atender oportunamente las peticiones y solicitudes de informes relacionados con el control interno, efectuadas por la Presidencia de la República, el Departamento Administrativo de la Función Pública y los organismos de control.
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Verificar la aplicación y cumplimiento de las medidas que adopte el Gobierno Nacional sobre lucha contra la corrupción, racionalización de trámites y austeridad del gasto, entre otras materias, con el fin de contribuir al mejoramiento y eficacia en la gestión.
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Acompañar y asesorar a las diferentes dependencias de la Entidad en la implementación y desarrollo del proceso de administración del riesgo, y realizar la evaluación y seguimiento del mismo.
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Evaluar el proceso de planeación, analizando objetivamente las variables y factores que se consideren influyentes en los resultados propuestos y logrados.
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Diseñar y establecer, en coordinación con las diferentes dependencias, los criterios, los métodos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad para evaluar la gestión y proponer las medidas preventivas y correctivas del caso.
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Las demás funciones que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno, las siguientes:
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Ejercer la función disciplinaria observando la plenitud de las formas del procedimiento regulado en la Constitución Política y el Código Disciplinario Unico.
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Asesorar al Presidente de la entidad en la definición de las políticas tendientes a prevenir las conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias.
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Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra los servidores públicos de la entidad.
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Adelantar las investigaciones disciplinarias por enriquecimiento ilícito y otras irregularidades administrativas a que haya lugar en la entidad y coordinar con las dependencias correspondientes de la Procuraduría y demás organismos competentes los asuntos relacionados con el control de actuaciones de los servidores públicos de la entidad.
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Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a las denuncias penales sobre las conductas ilícitas detectadas en los procedimientos disciplinarios y remitirlas a la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia.
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Recibir y tramitar las quejas o denuncias por violación de normas constitucionales o legales, presuntamente cometidas por los servidores públicos de la entidad.
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Planear, coordinar y desarrollar las políticas tendientes a adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la entidad.
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Expedir las providencias que la ley establece para dar curso y agotamiento a la actuación disciplinaria.
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Conceder los recursos de apelación ante el Presidente de la entidad, interpuesto contra las decisiones de primera instancia.
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Participar en la formulación y desarrollo de los programas que fomenten los valores institucionales que propendan a la responsabilidad laboral y la ética administrativa.
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Llevar el registro de los procesos disciplinarios que se adelanten en la entidad.
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Las demás funciones que le sean asignadas, inherentes a la naturaleza de la dependencia.
Son funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes:
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Definir los lineamientos de gestión que orienten la planeación y el seguimiento de los planes, programas y proyectos de la Entidad.
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Asesorar a las dependencias en la formulación y seguimiento de los planes estratégicos, programas y proyectos de la Entidad.
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Recopilar información sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas y determinar su incidencia en los resultados de la organización.
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Administrar los sistemas que se requieran para el proceso de planeación y realizar diagnóstico sobre el entorno interno y externo.
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Consolidar los planes, programas y proyectos destinados a la ejecución de las estrategias para la socialización de los riesgos que implican los cambios económicos y sociales.
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Evaluar permanentemente las variables económicas del entorno y sensibilizar a la Entidad ante eventuales cambios de estos.
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