Decreto 2788 de 2003, por el cual se unifica y reglamenta el Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos de los Programas de Protección de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia.
Emisor | Ministerio del Interior y de Justicia |
Número de Boletín | 45329 |
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 11 de la Constitución Política y 45 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Preámbulo y el artículo 2o. de la Constitución Política son fines del Estado asegurar y proteger la vida, honra, bienes, creencias y demás libertades y derechos reconocidos a las personas residentes en Colombia;
Que el artículo 81 de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 782 de 2002, señala algunos parámetros a seguir por el Gobierno Nacional en la implementación de Programas de Protección a personas, que se encuentren en situación de riesgo inminente contra su vida, integridad, seguridad o libertad, por causas relacionadas con la violencia política o ideológica, o con el conflicto armado interno;
Que a través del numeral 4 del artículo 17 del Decreto 200 de 2003, el Gobierno Nacional le asignó a la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia la función de diseñar y coordinar los programas generales de protección a los derechos humanos y de prevención a su violación, en relación con personas que se encuentren en situación de riesgo, en colaboración con el Programa Presidencial de Promoción, Respeto y Garantía de los Derechos Humanos y de aplicación del Derecho Internacional Humanitario;
Que el Gobierno Nacional a través de los Decretos 1592 de 2000, 1386 y 2742 de 2002, creó Programas de Protección para periodistas, comunicadores sociales, alcaldes, diputados, concejales y personeros, los cuales están a cargo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia;
Que el Gobierno Nacional, al crear los Programas de Protección mencionados, dispuso a su vez, la creación de Comités de Reglamentación y Evaluación de Riesgos a efectos de evaluar los niveles de riesgos y grados de amenaza de las personas a proteger y recomendar las medidas de protección a que hubiere lugar;
Que se hace necesario unificar y reglamentar el Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos, CRER, de los Programas de Protección a cargo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia;
Que las disposiciones contempladas a continuación son resultado de la concertación entre el Gobierno Nacional y los representantes de las diferentes poblaciones objeto de los Programas de Protección a cargo de la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior,
DECRETA:
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