Decreto 2762 de 2002 - 29 de Noviembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 352569998

Decreto 2762 de 2002

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín45014

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades que le otorga el artículo 189 numeral 2 de la Constitución Política de Colombia y en cumplimiento de la Ley 7a. de 1944, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 7a. del 30 de noviembre de 1944, en su artículo 1o. dispone que los Tratados, Convenios, Convenciones, Acuerdos, Arreglos u otros actos internacionales aprobados por el Congreso, no se considerarán vigentes como leyes internas, mientras no hayan sido perfeccionados por el Gobierno en su carácter de tales, mediante el canje de ratificaciones o el depósito de los instrumentos de ratificación, u otra formalidad equivalente;

Que la misma ley en su artículo segundo ordena la promulgación de los tratados y convenios internacionales una vez sea perfeccionado el vínculo internacional que ligue a Colombia;

Que el Congreso de la República, mediante Ley 638 del 4 de enero de 2001, publicada en el Diario Oficial número 44.281 del 4 de enero de 2001, aprobó el "Protocolo Adicional entre la República de Colombia y el Reino de España, Modificando el Convenio de Nacionalidad del veintisiete (27) de junio de mil novecientos setenta y nueve (1979)", firmado en Santa Fe de Bogotá, D. C., el 14 de septiembre de 1998 y el "Canje de Notas entre los dos Gobiernos que Corrige el Título y el Primer Párrafo del Preámbulo del Protocolo", del 27 de septiembre de 1999);

Que la Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-915 del 29 de agosto de 2001, declaró exequible la Ley 638 del 4 de enero de 2001 y el "Protocolo Adicional entre la República de Colombia y el Reino de España, Modificando el Convenio de Nacionalidad del veintisiete (27) de junio de mil novecientos setenta y nueve (1979)", firmado en Santa Fe de Bogotá, D. C., el 14 de septiembre de 1998 y el "Canje de Notas entre los dos Gobiernos que Corrige el Título y el Primer Párrafo del Preámbulo del Protocolo", del 27 de septiembre de 1999);

Que el Reino de España, mediante Nota Verbal número DMJ/ME 154/15 del 12 de julio de 1999, comunicó el cumplimiento de los trámites internos previstos en su legislación para la entrada en vigor del Protocolo y de Canje de Notas mencionados y en el mismo sentido, el, Gobierno de la República de Colombia remitió la Nota Diplomática D.M./OAJ.CAT. número 11830 del 22 de marzo de 2002, siendo recibida por el Gobierno de España el 21 de mayo de 2002, según nota sin número del 26 de junio de 2002. En consecuencia, los citados instrumentos internacionales entraron en vigor el primero (1o.) de julio de 2002, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4o. del Protocolo,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o

Promúlgase el "Protocolo adicional entre la República de Colombia y el Reino de España, modificando el convenio de Nacionalidad del veintisiete (27) de junio de mil novecientos setenta y nueve (1979)", firmado en Santa Fe de Bogotá, D.C., el catorce de septiembre de mil...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR